Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 1 de Septiembre de 2021, expediente CAF 003972/2021/CA001

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III

3972/2021 ROMERO, R.O. Y OTROS c/ EN - AFIP -

LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Buenos Aires, 1° de septiembre de 2021.- ESS/SH

Y VISTOS;

El recurso de apelación interpuesto por la parte actora el 07/07/2021, contra la resolución del 01/07/2021, fundado por el memorial del 03/08/2021; y,

CONSIDERANDO:

  1. Que, por la resolución del 01 de julio de 2021,

    el Sr. juez de primera instancia, compartiendo y haciendo suyos los fundamentos y conclusiones vertidos por el Sr. Fiscal Federal el 31/05/2021, declaró su incompetencia en razón del territorio para entender en autos respecto de los co-actores R.O.R.,

    L.G.D., C.D.L., H.J.M., R.A.M., C.C.C.,

    C.G.L. y L.A.C.; haciendo saber a la parte que deberá arbitrar los medios para iniciar la acción en la jurisdicción correspondiente, debiendo acompañar copia de la presente resolución al momento de iniciar la nueva causa ante el Tribunal competente.

    En dicho dictamen, el Ministerio Público Fiscal señaló que, conforme lo normado por el art. 5 inc. 3 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para determinar la competencia debe estarse al lugar de cumplimiento de la obligación y que “en este proceso,

    ello debe identificarse, en principio, con el domicilio fiscal del contribuyente pues allí tendrá efectos la decisión que se adopte”. Por ello, consideró que debía declararse incompetente de oficio por razón del territorio, con relación a aquellos que tengan su domicilio fiscal en extraña jurisdicción.

  2. Que disconforme con lo así resuelto, la parte actora en el memorial plantea que lo establecido por el art. 5 inc. 5) del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación le otorga al actor la facultad de elegir el domicilio de uno de los demandados y que en este caso se optó por el domicilio del Estado Nacional. Explica que el órgano Fecha de firma: 01/09/2021

    Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA

    rector y ejecutor se encuentran dentro de la jurisdicción del Juez sorteado, destacando que la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal tiene su sede en la calle Sarmiento 1624, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    Por último, apunta que “…dada la rara y difícil situación por la que estamos atravesando a raíz de la pandemia, en donde todos debimos realizar un esfuerzo para agiornarnos ‘digitalmente hablando’ a fin de poder realizar nuestras labores prescindiendo de la presencialidad y el salto a la modernización en la que nos vimos inmersos en tan poco tiempo, demuestra en definitiva que ya el sistema de división geográfica quedo obsoleto…”, y que “El sistema de dividir en zonas -feudos- quedo fuera de contexto con el avance informático y se vio como desde los colegios de los niños las empresas, organismos y algunas industrias debieron romper las fronteras políticas divisorias del territorio para continuar cada uno con su tarea”.

  3. Que a fin de resolver la...

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