Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 8 de Marzo de 2019, expediente CNT 072681/2017

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII 72681/2017 JUZGADO Nº 63 AUTOS: "ROMERO, P.G. c/ CLUB ARQUITECTURA s/ DESPIDO"

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 08 del mes de MARZO de 2019.-

VISTO:

El recurso de fs. 115/120 y; CONSIDERANDO:

  1. La señora Juez " a quo" a fs. 114/vta.

    rechazó la citación de tercero solicitada por la demanda respecto de C.H.D.V., S.D.V. y SENSAZIONE S.R.L.

    (ver fs. 103/104).

  2. Según el artículo 94 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, la citación de terceros sólo es pertinente cuando la "controversia fuere común" entre las partes del proceso y los sujetos que se pretenden traer a juicio.

    En ese sentido, si bien es cierto que la expresión legal no es clara, la exposición de motivos que acompañó al texto normativo ha Fecha de firma: 08/03/2019 Alta en sistema: 11/03/2019 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA #30896652#228695741#20190308115535616 iluminado su sentido, desde que allí se lee que la terminología empleada comprende aquellas hipótesis en las cuales la parte eventualmente vencida pudiere ser titular de una acción regresiva contra el tercero, a fin de evitar la excepción de negligente defensa en el posterior juicio que se instare contra éste. Así lo ha interpretado la Fiscalía General en numerosas oportunidades (ver, entre otros, Dictamen nro. 35.150 del 28/11/2002, registro de la sala II, en autos "Campos, J.C. c/ Algefe S.R.L. y otro s/ despido" expediente nro. 4.619/2001).

    En las presentes actuaciones, el actor manifiesta que ingreso a laborar el 1º de octubre de 2012 “…comencé a laborar en relación de dependencia para la demandada … Dentro del predio de dicho club se encuentra ubicado el bar restaurante donde laboraba… por lo que resulta de aplicación al presente el CCT nro.. 389/04 de empleados gastronómicos…” (ver fs. 7 y sgtes.).

    El Club Arquitectura al contestar demandada niega “… que el actor haya prestado tareas en el bar/buffet/restaurante del Club Arquitectura, lo cual ya es motivo suficiente para la falta de legitimación pasiva… el bar/buffet/restaurante del Club Arquitectura ha sido dado en concesión para su explotación comercial a C.H.D.V. y S.D.V. desde el año 2012… “. Además, señala que dicho contrato se encuentra vigente (ver fs. 91vta. y sgtes.). Nótese que en la cláusula DECIMO TERCERA: DEL PERSONAL dispone que: “…Queda claramente establecido que ninguna responsabilidad...

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