Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 8 de Septiembre de 2023, expediente CIV 074221/2022

Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2023
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C

74221/2022

ROMERO, M. c/ CLUB HIPICO ARGENTINO

ASOCIACION Y OTRO s/MEDIDAS PRECAUTORIAS

Buenos Aires, de septiembre de 2023.- HC

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra el pronunciamiento que da cuenta el acta de audiencia de fecha 13.07.2023, mediante el cual el Sr. Juez de grado dispone el traslado de la yegua Vendanova Elektra al Club Hípico El Relincho, sito en Quintana 3030, El Talar, Pcia. de Buenos Aires,

    se alza la parte actora.

    Del memorial de fecha 10.08.2023

    se corrió traslado, el que fue contestado por su contrario mediante la presentación del 30.08.2023.

  2. De las constancias de autos se desprende que con fecha 28.09.2022 el Sr.

    Juez a quo admitió la medida cautelar solicitada por la actora y a tal efecto dispuso que los emplazados dieran entrega inmediata de la yegua "Vendanova Elektra", raza Silla Argentino, hembra, a la Sra. M.R. para su traslado al establecimiento ubicado en la calle F.B. 2450 de la localidad de Escobar, Pcia. de Buenos Aires, para lo cual ordenó el libramiento de mandamiento de estilo.

    Todo ello, previo cumplimiento de una contracautela real.

    Con posterioridad, tanto la actora como el demandado D. efectuaron sendas peticiones tendientes al traslado de la yegua en cuestión, cada uno al domicilio que Fecha de firma: 08/09/2023

    Alta en sistema: 11/09/2023

    Firmado por: PABLO TRIPOLI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: O.L.D.S., JUEZ DE CAMARA

    consideró mas conveniente. La parte actora al Centro Ecuestre Neuquino de la ciudad de Neuquén; en tanto el demandado al Centro Ecuestre de Equino terapia Asociación Civil M.S. (ver sendas presentaciones de fecha 04.04.2023 y 21.04.2023 respectivamente)

    En razón de ello, el Sr. Juez a quo dispuso la designación de un perito veterinario a los efectos que verifique el estado de salud del equino, así también para que informe si resultaba conveniente que el animal permanezca en el lugar en que se encuentra en la actualidad y si los traslados solicitados podrían resultar nocivos para su salud.

    Asimismo se le requirió al experto,

    informe tres lugares/centros/establecimientos,

    dentro del radio del Tribunal o dentro de la Pcia. de Buenos Aires, en la zona más cercana,

    en los que un equino con las características del de marras pueda tener adecuado tratamiento y cuidado.

    El perito elevó su informe con fecha 08.07.2023, lo que motivó el dictado del decisorio en crisis.

  3. ...

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