Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 20 de Agosto de 2003, expediente P 61595

PresidenteKogan-Soria-Roncoroni-Hitters-de Lázzari
Fecha de Resolución20 de Agosto de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Dictamen de la Procuración General:

La Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional -Sala III- de S.M. condenó, en lo que interesa destacar, a M.A.T. como coautor responsable de robo calificado por el uso de armas en grado de tentativa (arts. 42 y 166 inc. 2º, C.P.) a cinco años de prisión, accesorias legales y costas (v. fs. 459/464).

Contra este pronunciamiento interpone recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley el defensor oficial del procesado (v. fs. 469/471 vta.).

Denuncia el recurrente que al individualizar la pena el “a quo” ha incurrido en la violación de los arts. 40 y 41 del Código Penal.

El recurso, en mi opinión, es insuficiente.

La defensa se agravia del monto de la pena impuesta, pero no discute las atenuantes y agravantes meritadas por el Tribunal, sino sólo la incidencia de éstas sobre el “quantum” de la sanción. Más su criterio divergente sobre el punto no implica ni significa violación legal alguna (conf. doct. causas P. 43.015, del 25-2-92; P. 55.688, del 31-10-95).

Considero, pues, que V.E. debe rechazar el recurso deducido.

La Plata, 10 de febrero de 1997 -L.M.N.

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 20 de agosto de dos mil tres, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresK., S., R., H., de L.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 61.595, “R., J.L. y T., M.A.. Tentativa de robo calificado por el uso de armas”.

A N T E C E D E N T E S

La Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de S.M. condenó -en lo que interesa- a M.A.T. a la pena de cinco años de prisión, accesorias legales y costas, por encontrarlo coautor responsable del delito de robo calificado por el uso de armas en grado de tentativa.

El señor Defensor Oficial interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, la señora J. doctora K. dijo:

  1. ) El 13 de julio de 1995 la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional de S.M. condenó a M.A.T. a la pena de cinco años de...

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