Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 24 de Octubre de 2023, expediente CAF 013437/2021/CA001

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA IV

Expte. CAF 13437/2021/CA1: “ROMERO, HUGO EDUARDO Y OTROS c/ EN

- M SEGURIDAD - PFA - DTO 380/17 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE

LAS FFAA Y DE SEG”

En Buenos Aires, a de de 2023, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer del recurso interpuesto en los autos caratulados “ROMERO, HUGO EDUARDO Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD -

PFA - DTO 380/17 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”,

contra la sentencia del 13.06.23, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara J.E.M. dijo:

  1. ) Que, en lo que aquí interesa, la señora juez de primera instancia hizo lugar a la demanda entablada y, en consecuencia, condenó al Estado Nacional (Ministerio de Seguridad — Policía Federal Argentina) a incluir dentro del haber mensual de los actores, con carácter remunerativo y bonificable, el suplemento “Función Policial Operativa”, estatuido por el decreto 380/17; y al pago de las diferencias devengadas y adeudadas por lo percibido en menos por ese concepto, a partir de la entrada en vigor del precepto en comentario y hasta el 31.03.22 (cfr. art. 142/22).

    Finalmente, impuso las costas a la vencida.

  2. ) Que, contra ese pronunciamiento, únicamente el demandado dedujo recurso de apelación el 13.06.23, que fue concedido libremente el 07.07.23.

    Puestos los autos en la Oficina, expresó sus agravios el 03.08.23, los que no fueron replicados oportunamente (cfr. providencia del 01°.09.23).

  3. ) Que, las alegaciones vertidas en relación con el suplemento “Función Policial Operativa”, introducido por el decreto 380/17, resultan sustancialmente análogas a las resueltas por esta Sala, in re “S., L.R. c/ E.N.

    – Min. Seguridad – PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg” y “O.,

    T.d.R. y otros c/ E.N. – Min. Seguridad – PFA s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg” (sentencias del 10.09.19 y del 03.12.20, respectivamente).

    Cabe advertir que, en dichos precedentes, se reconoció la procedencia de su incorporación al “haber mensual” del personal de la Policía Federal Argentina, con carácter remunerativo y bonificable.

    Fecha de firma: 24/10/2023

    Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA

    En razón de lo...

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