Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA CIVIL, 8 de Mayo de 2017, expediente FMP 081009116/2009/CA002

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA del Plata, 8 de mayo de 2017.-

VISTOS:

Estos autos caratulados: “ROMERO, G.M. c/ L.S. e Hijos S.A. s/ Ley 18345”, Expediente FMP 81009116/2009, provenientes del Juzgado Federal N° 4, Secretaría Ad-Hoc de esta ciudad; Y CONSIDERANDO:

Que llegan los autos a esta Alzada en virtud de apelación en subsidio incoado a fs. 370 por la Dra. G.E.R. en representación de la demandada, contra la resolución de fs. 368/369 que rechaza la impugnación de la demandada, y aprueba la liquidación practicada a fs. 361.-

En primer término, adentrándonos al estudio del recurso que motiva la intervención de esta Tribunal, corresponde efectuar –en forma preliminar- un análisis en cuanto a los recaudos de admisibilidad de la apelación articulada por la parte actora, la cual, adelantamos, ha sido mal concedida.-

En efecto, debemos recordar que el Tribunal ad-quem debe examinar liminarmente, si concurren los requisitos de tiempo, forma y lugar al analizar los recaudos de procedencia formal del recurso, sin que el mismo se encuentre limitado por la concesión efectuada por el a-quo, ni -eventualmente- por el consentimiento de la contraria.-

Y así, observamos que el recurrente interpone recurso de apelación a fs.

370, contra la resolución de fs. 368/369, intentando una apelación respecto de una resolución cuyo cuestionamiento por dicha vía se encuentra vedada en la etapa de liquidación por la que está transitando el proceso, determinando ello una inadmisible inobservancia de la normativa aplicable al caso, esto es, la ley 18.345.-

En efecto, el art. 109 de la citada norma preceptúa que “Serán inapelables todas las resoluciones que se dicten en el proceso de ejecución de sentencias, Fecha de firma: 08/05/2017 Alta en sistema: 15/05/2017 Firmado por: JORGE FERRO , Firmado por: A.O.T. , Firmado por: J.E.P., #15653646#177782644#20170515133919382 incluso las que decidan nulidades de procedimiento referidas a actos cumplidos o a resoluciones dictadas en ese mismo...

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