Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 16 de Octubre de 2019, expediente CNT 083000/2015/CA001

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 83.000/2015 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 54652 CAUSA Nº 83.000/2015 - SALA VII - JUZGADO Nº 71 En la ciudad de Buenos Aires, a los 16 días del mes de octubre de 2019, para dictar sentencia en los autos: “ROMERO, CLAUDIO ALEJANDRO C/ PROVINCIA ART S.A. S/

ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA G.L.C. DIJO:

I- La sentencia de primera instancia de fs. 197/202 vta., llega apelada por ambas partes a fs. 203/204 (por la accionada) y 205/208 vta. (por la actora).

A la demandada le agravia el modo en que se ha actualizado el capital de condena fijado por el Sr. Juez “a-quo” en cuanto establece que se debe aplicar la cuantía del 125% del monto que resultare de haberse aplicado sobre aquélla en forma directa las tasas indicadas en las Actas 2601, 2630 y 2658 de la CNAT, por considerarlo arbitrario. Solicita que se revoque la forma de actualización dispuesta en la sentencia y se modifique el cálculo, aplicando solamente las mencionadas Actas.

Le agravia además que se hayan regulado los honorarios sobre el capital nominal de condena más los accesorios, pues considera que deben calcularse solamente sobre el capital sin la adición de los intereses.

El letrado apoderado de esta parte N.D., por su propio derecho apela sus honorarios por considerarlos reducidos.

A su vez, la parte actora apela por encontrar arbitrario el cálculo del IBM, toda vez que –sostiene- en la sentencia de grado se desestimó el planteo de inconstitucionalidad efectuado respecto de la actualización requerida de la remuneración considerada para la obtención del mismo.

Solicita que se tome como base el salario actualizado del trabajador al momento del pago de la indemnización o lo que percibe un trabajador para la categoría profesional que desempeñaba el mismo al momento del pago y que se tengan por probadas las sumas no remunerativas percibidas por el actor para el cálculo del IBM.

Por último apela por baja la regulación de sus honorarios y solicita que también se regulen sus honorarios por la actuación ante el SECLO.

A fs. 211 y vta., la parte actora contesta traslado de los agravios de Provincia ART S.A.

II- Por una cuestión metodológica, corresponde dar tratamiento, en primer lugar, a la apelación de la parte actora, en lo que al cálculo del IBM se refiere.

De una atenta lectura del agravio, se advierte que si bien la parte actora no está

de acuerdo con el IBM fijado por el sentenciante, pues considera que deviene desactualizado, toda vez que una persona en la misma actividad que el actor percibe una remuneración mayor a las correspondientes a los doce meses anteriores al accidente, las que además fueron sujetas a ajustes inflacionarios conforme las paritarias de la actividad, lo Fecha de firma: 16/10/2019 Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.H.K., SECRETARIO Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA #27926989#246236669#20191016104619847 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL...

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