Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 1 de Diciembre de 2015

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Número de Expediente199
Cita687/15
Número de SAIJ15090341
Número de CUIJ21 - 505626 - 5

R., DANTE c/ ACINDAR S.A. -COBRO DE PESOS LABORAL- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO CAMAR

  1. Cita: 687/15 Nº Saij: 15090341 Nº expediente: 199 Año de causa: 2006 Nº de tomo: 266 Pág. de inicio: 302 Pág. de fin: 311 Fecha del fallo: 01/12/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces B.A.A.S.C.C.D.A.E.M.A.G.L.J.M.M.M.L.N.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA > ANULACION > REENVIO Tesauro > CORTE SUPREMA DE JUSTICIA NACIONAL > JURISPRUDENCIA > ACATAMIENTO Tesauro > DERECHO LABORAL > ACUERDOS TRANSACCIONALES CONCILIATORIOS O LIBERATORIOS Tesauro > DERECHO LABORAL > ACUERDOS TRANSACCIONALES CONCILIATORIOS O LIBERATORIOS > INEFICACIA CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA. ANULACION.

REENVIO. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. JURISPRUDENCIA. ACATAMIENTO.

DERECHO LABORAL. ACUERDOS TRANSACCIONALES CONCILIATORIOS O LIBERATORIOS.

INEFICACIA Corresponde declarar inadmisible el recurso intentado, en razón de que la respuesta jurisdiccional del Tribunal a quo cumple con las pautas sentadas por la Corte nacional en estos autos (de ineludible acatamiento para este Tribunal de acuerdo a la mecánica del reenvío establecida en el artículo 16 de la ley 48), donde se fundamentó la descalificación constitucional de lo decidido por esta Corte en haber admitido la validez de un acuerdo extintivo sin examinar debidamente si lo estipulado importaba la renuncia al derecho cuyo amparo se requirió y que contaba con especial tutela constitucional, omitiendo contemplar precedentes del Alto Tribunal en los cuales se puntualizó la obligación de raigambre constitucional de indemnizar al trabajador accidentado o víctima de una enfermedad profesional, así como la necesidad de que la reparación satisfaga al menos la pérdida de ingresos o de capacidad de ganancia sufrida; y el rechazo de toda interpretación que admitiera la renuncia al goce de derechos del trabajador cuya fuente primaria fuera la propia Constitución Nacional, así como la oponibilidad de acuerdos extintivos o estipulaciones rescisorias de índole eminentemente laboral que no incluyeran a los créditos motivo de litis o prescindieran del marco conceptual que cabe aplicar de conformidad con el derecho fundamental en juego que no es otro que el de ser adecuadamente resarcido. - CITAS: CSJN: Ascua, Fallos 333:1361; C., C 4388, XLI, REX del 27/11/2014. - REFERENCIAS NORMATIVAS: Ley 48, artículo 16.

T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > DERECHO LABORAL > PROTECCION CONSTITUCIONAL Tesauro > DERECHO LABORAL > ACUERDOS TRANSACCIONALES CONCILIATORIOS O LIBERATORIOS > INEFICACIA CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. DERECHO LABORAL. PROTECCION CONSTITUCIONAL. ACUERDOS TRANSACCIONALES CONCILIATORIOS O LIBERATORIOS. INEFICACIA El presente recurso resulta inadmisible, en razón de que los Jueces de la causa han otorgado un adecuado tratamiento a las cuestiones trascendentes para la suerte del litigio y han brindado una fundada respuesta en función de las constancias de autos, en particular en relación a lo pactado en el acuerdo de desvinculación, desde que no puede oponerse al trabajador la cláusula genérica de compensación cuando lo estipulado importaba para el trabajador una renuncia anticipada a sus derechos constitucionalmente amparados por el artículo 14 bis, la garantía de irrenunciabilidad y el principio protectorio allí contenidos. (Del voto del Dr.

Erbetta) - CITAS: CSJN: Fallos 335:2219. - REFERENCIAS NORMATIVAS: Constitución Nacional, artículo 14 bis.

T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > SENTENCIA > ANULACION > REENVIO Tesauro > CORTE SUPREMA DE JUSTICIA NACIONAL > JURISPRUDENCIA > ACATAMIENTO T. > CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PROVINCIAL > JURISPRUDENCIA > CAMBIO DE CRITERIO T. > DERECHO LABORAL > PROTECCION CONSTITUCIONAL CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. SENTENCIA. ANULACION. REENVIO. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. JURISPRUDENCIA. ACATAMIENTO. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PROVINCIAL.

Texto del fallo Reg.: A y S t 266 p 302/311.

En la ciudad de Santa Fe, al día uno del mes de diciembre del año dos mil quince, se reunieron en acuerdo los señores Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia doctores D.A.E. y M.A.G., con la integración de los señores Jueces de Cámara doctores B.A.A., S.C.C. y L.J.M.M., bajo la presidencia del señor Ministro doctor M.L.N., a fin de dictar sentencia en los autos caratulados "ROMAGNOLI, DANTE contra ACINDAR S.A. -COBRO DE PESOS LABORAL- sobre RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO CÁMARA)" (Expte. C.S.J. N° 199, año 2006 - CUIJ N°: 21-00505626-5). Se resolvió someter a decisión las siguientes cuestiones: PRIMERA: ¿es admisible el recurso interpuesto? SEGUNDA: en su caso, ¿es procedente? y TERCERA: en consecuencia, ¿qué resolución corresponde dictar? Asimismo, se emitieron los votos en el orden en que realizaron el estudio de la causa, o sea doctores: N., G., Erbetta, Coppoletta, A. y M..

A la primera cuestión, el señor Ministro doctor N. dijo: I. Mediante resolución 223 del 19 de septiembre de 2001 el Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 1 de Villa Constitución receptó parcialmente la demanda por incapacidad laboral interpuesta por D.A.R. y rechazó la defensa de compensación que, a su turno, opusiera la accionada (fs. 185/197).

Apelado el pronunciamiento por ésta última, la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de la ciudad de Rosario, por sentencia 199 de fecha 05 de Agosto de 2005, confirmó la decisión del Inferior (fs. 236/240).

Contra este decisorio interpuso la accionada recurso de inconstitucionalidad (fs. 242/256v.) que resultó concedido por la Alzada en virtud de que esta Corte había abierto la instancia excepcional en casos con idénticos planteos a los de autos (fs. 272/273).

En oportunidad de pronunciarse, este Cuerpo, mediante resolución registrada en A. y S. T.

215, págs. 396/398, declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto y anuló la sentencia impugnada (fs. 75/77v. del E.. C.S.J. N° 304, año 2005).

Ante este...

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