Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 24 de Abril de 2018, expediente CNT 051737/2012/CA001

Fecha de Resolución24 de Abril de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 92439 CAUSA NRO. 51737/2012 AUTOS: "R.A.O.M. C/ EXPERTA ART S.A. S/

ACCIDENTE-LEY ESPECIAL”

JUZGADO NRO. 75 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 24 días del mes de abril de 2018, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo a la correspondiente desinsaculación, se procede a votar en el siguiente orden:

La Dra. M.C.H. dijo:

  1. Contra la sentencia de fs. 210/213, se alza la demandada a fs.

    214 y el actor a fs. 216/219. Dichas presentaciones merecieron oportunas réplicas a fs. 221/222 y fs. 224/225, respectivamente. Asimismo, a fs. 214 in fine, la representación letrada de la aseguradora cuestiona sus honorarios por estimarlos reducidos.

  2. El Sr. R. se agravia porque el Sr. Juez a-quo rechazó su reclamo con fundamento en las disposiciones de la ley 24.557 por las secuelas que dijo portar con motivo del accidente in itinere que sufrió el 4/07/2012. Para así decidir, el Sr. Magistrado valoró las pruebas incorporadas en el expediente, en especial los peritajes médicos, y determinó que el actor no presenta incapacidad psicofísica derivada del infortunio.

    Este último cuestiona el pronunciamiento y se queja por la valoración de los informes médicos obrantes en autos. Argumenta, con respecto a los estudios complementarios practicados, que siente dolor y se agravia porque el señor Juez de grado no ordenó la producción de prueba informativa.

    Solicita que se revoque la sentencia y se haga lugar al reclamo.

    Por su parte, la demandada cuestiona la imposición de costas y la regulación de honorarios a favor de la representación letrada del actor y de los peritos médicos, por estimarla elevada.

  3. Ha arribado firme a esta alzada que el día 4/07/2012, al salir el actor de su domicilio para dirigirse a su lugar de trabajo, trastabilló con una baldosa, torció su tobillo y cayó al suelo. Asimismo, refirió en el inicio que fue asistido por la ART demandada, que le diagnosticaron esguince de tobillo y tendinitis, que le indicaron sesiones de kinesiología y que debió utilizar una bota “walker” por el término de dos meses.

    Me abocaré al examen de los peritajes médicos. Debo señalar, en primer lugar, que la queja luce desierta de conformidad con el art. 116 de la Fecha de firma: 24/04/2018 Firmado por: M.V.M.C., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: G.G., JUEZA DE CAMARA Firmado por: M.C.H., JUEZA DE CAMARA #19961522#204565508#20180424100606240 Poder...

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