Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 17 de Mayo de 2018, expediente CIV 065492/2012/CA003

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2018
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I 65492/2012 R.V.E. c/L.R.M. s/AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA -

INCIDENTE Buenos Aires, 17 de mayo de 2018.- MA AUTOS Y VISTOS:

Para decidir en los recursos interpuestos a fs.606 y 612 contra la regulación de honorarios de fs. 600 cabe ponderar las constancias de autos, la labor profesional apreciada en su calidad, eficacia y extensión, las etapas cumplidas , el resultado obtenido y las demás pautas establecidas en los arts. 1,3,39, 51 y concordantes de la ley 27.423. Teniendo ello en cuenta, los honorarios regulados al letrado apoderado de la parte actora, Dr. A.G.R. resultan reducidos, por lo que se los eleva a $ 15.600 que representan 25 U.M.A.

Por la actuación en la alzada, atento el interés debatido en la sentencia de fs.537 y las pautas del art. 30 de la ley 27.423, se regulan los honorarios del Dr. A.G.R. en $ 4.700 que representan 4,53 U.M.A.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.

Se deja constancia que la publicación de la presente sentencia se encuentra sometida a lo dispuesto por el art.164, 2°

párrafo del Código Procesal y art.64 del Reglamento para la Justicia Nacional, sin perjuicio de lo cual será remitida al Centro de Información Judicial a los fines previstos por las Acordadas 15/13 y 24/13 de la C.S.J. N.

Fdo.: D.. Guisado – C. -P.S.. Es copia de fs. 649.

El Dr. F.P.S. dijo: como integrante de la Sala F de esta Cámara, las...

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