Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 18 de Octubre de 2017, expediente CNT 035496/2015/CA002

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X SENT.INT. EXPTE. Nº: 35.496/2015/CA2 (39.737)

JUZGADO Nº: 35 SALA X AUTOS: “ROJAS ANDREA FABIANA C/ CHEEK S.A. S/ DESPIDO”

Buenos Aires, 18/10/2017 VISTOS:

El recurso de apelación articulado por la demandada contra la resolución dictada en primera instancia que rechazó su pedido de intervención de tercero (Asociart S.A.

ART) y la réplica adversaria.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que en primer término cabe declarar bien concedido el recurso con efecto inmediato porque la cuestión incidental suscitada versa, en definitiva, sobre la debida integración del litigio y, por tanto, no resulta de aplicación la normativa que prevé el art. 110 de la ley orgánica, tal como lo ha decidido esta sala en anteriores pronunciamientos.

Aclarado lo anterior, cabe memorar que la intervención de un tercero está

supeditada a la existencia de “comunidad de controversia” (art. 94 CPPC), situación que no sólo comprende la hipótesis en la cual la parte eventualmente vencida pudiere ser titular de una acción regresiva contra el tercero sino también cuando existe conexidad entre la relación jurídica planteada en el proceso y el nexo jurídico que media entre el tercero y la parte.

Fecha de firma: 18/10/2017 Alta en sistema: 14/11/2017 Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA #27087899#191304974#20171018113008141 2º) Que este tribunal comparte el decisorio del señor juez “a quo” en cuanto a que en el caso que aquí interesa no existe la “comunidad de controversia” que exige de modo insoslayable el citado art. 94 porque, ante una eventual e hipotética condena, no se advierte cómo la requirente podría ejercer válidamente una acción de repetición contra el empleador.

O., en ese sentido, que en esta acción no se pretende el cobro de resarcimiento con fundamento en la Ley de Riesgos del...

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