Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 5 de Octubre de 2023, expediente CNT 001618/2022/CA001

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

SALA VI

Expediente Nro.: CNT 1618/2022

(Juzg. N° 15)

AUTOS: “RODRIGUEZ, PABLO EDUARDO C/PREVENCION ART S.A.

S/RECURSO LEY 27348

Buenos Aires, 4 de octubre de 2023.-

VISTOS:

El acuerdo conciliatorio que surge de la audiencia celebrada con fecha 03/10/2023;

Y CONSIDERANDO:

Que del acuerdo conciliatorio que surge de la audiencia celebrada con fecha 03/10/2023 se desprende que el actor reajustó el monto total de su demanda a la suma total, única y neta de $1.350.000.- (PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA

MIL) imputables a indemnización por accidente.

Que la demandada Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. sin reconocer hechos ni derecho alguno y al solo efecto conciliatorio se aviene a abonar dicha suma en una (1)

cuota, a pagar a los quince (15) días hábiles de notificada la homologación del presente acuerdo, mediante depósito judicial en autos.

Que la demandada Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. reconoce a favor de la representación letrada de la parte actora en concepto de honorarios la suma de $270.000.-

(pesos doscientos setenta mil), comprensiva de todos los trabajos cumplidos por la representación letrada y patrocinio de la parte actora en todas las instancias, cuyo pago se efectivizará en una (1) cuota, a pagar a los quince (15) días hábiles de notificada la homologación del presente acuerdo,

mediante depósito judicial en autos.

Que la parte actora acepta el monto y forma de pago e imputación efectuada, manifestando que una vez percibido el importe de la presente conciliación nada más tendrá que Fecha de firma: 05/10/2023

Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA

reclamar de la demandada Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

Que la demandada Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. asume el pago de la totalidad de las costas del juicio.

Que las partes convienen que para el caso de incumplimiento, se aplicará una cláusula penal del 0.5% del capital conciliado en concepto de mora por cada día de retardo.

Que la demandada Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. solicita se la exima del pago de la tasa de justicia.

Que las partes solicitan la homologación del presente acuerdo con carácter de cosa juzgada.

Que, teniendo en cuenta la naturaleza de los rubros...

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