Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 12 de Julio de 2021, expediente CIV 060965/2013/CA002

Fecha de Resolución12 de Julio de 2021
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

60965/2013

R.M.M. Y OTRO c/ VARGAS

GUSTAVO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O

MUERTE)

Buenos Aires, de julio de 2021.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. La citada en garantía la decisión del 24 de noviembre de 2020, que rechazó el pedido de sustitución de un embargo ejecutorio por la suma de $365.000 sobre la cuenta bancaria por un seguro de caución.

    El memorial digitalizado el 9 de diciembre de 2020 no fue contestado.

  2. Una de las características principales de toda medida precautoria es su mutabilidad; de ahí la posibilidad, una vez decretada, de pedir su ampliación, mejora o sustitución.

    El artículo 203 del Código Procesal establece que el acreedor podrá pedir la ampliación, mejora o sustitución de la medida cautelar decretada, justificando que ésta no cumple adecuadamente la función de garantía a que está destinada. A su vez, el deudor podrá requerir la sustitución de una medida cautelar por otra que le resulte menos perjudicial, siempre que ésta garantice suficientemente el derecho del acreedor.

    El principio que inspira las normas que autorizan la sustitución de medidas cautelares es doble: que se mantenga adecuadamente protegido el crédito que garantizan y al mismo tiempo que no se cause innecesariamente perjuicio al deudor, siendo menester para que el pedido de sustitución sea procedente, que la medida propuesta represente igual garantía y seguridad que la trabada, estando a cargo del peticionario demostrar la suficiencia de la sustitución propuesta Fecha de firma: 12/07/2021

    Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.P.R., SECRETARIO INTERINO

    Firmado por: G.G.Z., JUEZ DE CAMARA

    (cfr. M., A., Códigos Procesales Comentados, T.II-C, pág.608 y 609).

  3. De las constancias del expediente electrónico surge que el Dr. P. promovió la ejecución de sus honorarios firmes según sentencia de cámara del 10 de octubre de 2018 y obtuvo embargo ejecutorio sobre la cuenta de su ex representada.

    En tales condiciones, la naturaleza del embargo decretado y el carácter del crédito ejecutado (honorarios) impiden acceder a la sustitución pretendida, desde que la póliza de caución no representa,

    en este caso particular, similar garantía para...

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