Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA III, 29 de Diciembre de 2017, expediente CNT 010926/2011

Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2017
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA III

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA CAUSA Nº CNT 10926/2011 “R.L.J.A.C./ CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S/ DESPIDO ” - JUZGADO Nº 12.

Buenos Aires, 29/12/2017 AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO QUE:

Vuelven los autos a esta Alzada, a fin de resolver la presentación de fs.518 y regular los honorarios del perito calígrafo, cuya regulación fue omitida en la sentencia definitiva de fs.472/503.

En atención al valor económico de la contienda, al mérito, calidad y extensión de la tarea desarrollada y lo dispuesto por el artículo 38 de la ley 18345, y demás leyes arancelarias vigentes, regúlense los honorarios del perito calígrafo en la suma de $4.000 (Pesos cuatro mil).

Respecto de la adición del Impuesto al Valor Agregado a los honorarios, esta S. ha decidido en la sentencia N° 65.569 del 27.9.93, en autos “Q., R. c/ Autolatina Argentina S.A. s/ accidente-ley 9688”, que el impuesto al valor agregado es indirecto y por lo tanto grava el consumo y no la ganancia, por lo que debe calcularse su porcentaje que estará a cargo de quien debe retribuir la labor profesional. En el mismo sentido se ha pronunciado la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Compañía General de Combustibles S.A. s/

recurso de apelación” (C.181 XXIV del 16 de junio de 1993) sosteniendo “que no admitir que el importe del impuesto al valor agregado integre las costas del juicio –adicionárselo a los honorarios regulados- implicaría desnaturalizar la aplicación del referido tributo, pues la gabela incidiría directamente sobre la renta del profesional, en oposición al modo como el legislador concibió el funcionamiento del impuesto”.

Atento lo expuesto, en caso de tratarse de responsable inscripto, deberá adicionarse a la suma fijada en concepto de honorarios el impuesto al valor agregado que estará a cargo de quien debe retribuir la labor profesional. Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el...

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