Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 18 de Febrero de 2021, expediente CIV 007926/2016/CA002

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F

RODRIGUEZ, G.L. c/ SEGURCOOP COOPERATIVA DE SEGUROS

LIMITADA s/ORDINARIO

EXPEDIENTE COM N° 7926/2016 SIL

Buenos Aires,18 de febrero de 2021.

Y Vistos:

  1. Viene apelado de modo subsidiario por el demandado el decisorio fechado el 16/12/2020, mantenido en fecha 30/12/2020, por medio del cual el magistrado de grado lo intimó a fin de que dentro del quinto día arbitre todos los medios necesarios a efectos de dar cumplimiento con lo oportunamente dispuesto por este Tribunal en la sentencia de fecha 3/12/2019 apart. 4, bajo apercibimiento de aplicársele una multa de $ 1.000

    por día de retardo.

    Juzgó el a quo, en el pronunciamiento del 30/12/2020, que la demandada desoyó los requerimientos del 3/12/2019, 13/3/2020 y USO OFICIAL

    9/10/2020, para luego manifestar que lo dispuesto por la Alzada resultaba de imposible cumplimiento. Agregó que las razones puestas de manifiesto por la impugnante no resultan suficientes para justificar de manera alguna la demora en la que incurrió; máxime cuando nunca acreditó fehacientemente en autos constancia alguna de los trámites que dijo haber realizado de manera extrajudicial a efectos de cumplir con la mentada sentencia.

  2. Los fundamentos del recurso fueron expuestos en la presentación de fecha 18/12/2020 y respondidos por el actor en 21/12/2020.

  3. Cabe recordar que en el apart 4 de la sentencia de fecha 3/12/2019 dictada por esta Sala se dispuso que “… como consecuencia lógica de lo mencionado en el punto “3” … la aseguradora … deberá facilitar al accionante los instrumentos necesarios a fin de que se perfeccione la Fecha de firma: 18/02/2021

    Alta en sistema: 19/02/2021

    Firmado por: M.J.M., PROSECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: A.N.T., PRESIDENTA DE LA SALA F

    Firmado por: R.F.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.L., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F

    transferencia del vehículo a nombre de Segurcoop o a nombre de quién ésta considere corresponder”.

    Pues bien, transcurridos ya más de un año del dictado de la sentencia referida y pese a sus claros y concretos términos, la misma no ha sido cumplida, lo cual no puede ser tolerado por el Tribunal en la medida que, la función judicial, precisamente, es declarar el derecho y ejecutar lo juzgado cuando la sentencia no se acata de inmediato.

    En líneas estrictamente procesales, con la ejecución...

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