Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 3 de Septiembre de 2015, expediente CAF 011741/2009/CA001

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación Causa 11.741/2009/CA1 “R., E.L. c/ EN-Mº Justicia-

Colombo y otro s/ daños y perjuicios”

JMM En Buenos Aires, a tres de septiembre de dos mil quince, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer del recurso de apelación interpuesto en los autos “R., E.L. c/ EN-Mº Justicia-Colombo y otro s/ daños y perjuicios”, contra la sentencia de fs. 433/443, el Tribunal estableció

la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara R.W.V. dijo:

  1. ) Que, por sentencia de fs. 433/443, la señora jueza de la anterior instancia rechazó la demanda intentada por el señor E.L.R. contra el Estado Nacional (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos), a fin de que se ordenara inscribir en el Registro de la Propiedad Inmueble el bien que había adquirido en una subasta realizada en los autos Nº 124.2728 “Cons. de P.. W.V. 437 437ª c/ Vicino, J.J. s/ ejecución de expensas”, que tramitó por ante el Juzgado Nacional en lo Civil Nº 5 y que, asimismo, se cancelara la hipoteca trabada sobre el inmueble subastado y se dispusiera el levantamiento de toda medida cautelar que pesara sobre aquél (expte. Nº

    43136/93, “G., A.M. c/ Vicino, J.J. s/ ejecución hipotecaria”, en trámite ante el Juzgado Nacional en lo Civil Nº 91).

    También desestimó la pretensión del actor de que se fijara una indemnización por el “…ejercicio incorrecto e irregular del servicio de justicia…” por haber adquirido “…en subasta un inmueble …

    libre de gravamen, resultando que luego de aprobada la subasta y pagado el saldo de precio aparece una importante hipoteca que la Magistrada omitió, tanto al momento de decretar la subasta como al momento de publicar los edictos…” (v. fs. 434vta.).

    Fecha de firma: 03/09/2015 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación Causa 11.741/2009/CA1 “R., E.L. c/ EN-Mº Justicia-

    Colombo y otro s/ daños y perjuicios”

    Refirió que en la causa civil, al contestar el traslado del pedido nulidad de la subasta opuesto por el acreedor hipotecario, el aquí

    actor había consentido la vigencia de la garantía hipotecaria gravada sobre éste y manifestado que era ajustado a derecho “…que su parte pudiera efectuar la opción entre rescindir la operación de compraventa judicial o mantener la adquisición haciéndose cargo de la hipoteca…” (v. fs. 441, in fine).

    Asimismo, dijo que aquél había manifestado expresamente que “…el acreedor hipotecario que no fue citado con carácter previo a la realización de la venta judicial, mantiene a salvo sus derechos, en cuanto a la garantía hipotecaria se refiere, por cuanto puede oponerse a la cancelación del gravamen registral conforme art. 3196 del CC…” y que, ante casos como el del sub lite y cuando hay oposición a que se extinga el gravamen hipotecario por parte de tal acreedor, debía corrérsele traslado al adquirente en subasta para ver si éste mantenía la adquisición o no “..[Y]a sea haciéndose cargo de la hipoteca, o bien rescindiendo la operación de compraventa judicial…” (v. fs. 441vta., primer párrafo).

    No obstante ello, la jueza señaló que, al momento de ejercer dicha opción, el actor había contradicho sus propios actos al expresar que aquella opción era inadmisible toda vez que resultó “…ser comprador en subasta pública, … de buena fe y a título oneroso, respecto de un bien que ha sido subastado libre de toda hipoteca…”; que no habría de asumir “… el pago de la hipoteca que se menciona pues…el bien ha sido subastado libre de la misma, y yo he adquirido en esas condiciones…”

    y que, por lo demás, “…atento las constancias de autos la subasta en cuestión no ha sido declarada nula, con lo cual es perfectamente válida, razón por la cual no existe motivo para que el suscripto desista de la compra…” (v. fs. 441vta., tercer párrafo).

    Refirió que la pretensión de que se dispusiera la cancelación de la hipoteca resultaba contradictoria...

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