Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 31 de Marzo de 2017, expediente CSS 046244/2009/CA001

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1LUB Expte nº: 46244/2009 Autos: “RODRIGUEZ ELBA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

J.F.S.S. Nº 6 Sentencia Definitiva del Expte. Nº 46244/2009 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:

  1. Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la parte actora (fs. 73 y 79/81) y por la demandada (fs. 72) contra la sentencia dictada por el Sr. Juez a cargo del Juzgado Federal de la Seguridad Social n° 6 de fs. 69/vta.

    La parte actora se agravia en tanto el a quo no declara la inconstitucionalidad del art. 48 del decreto 1645/78 y del art. 9 de la ley 24.463. Asimismo se agravia de la tasa de interés aplicada y de la imposición de costas.

    Puestos los autos en secretaría a los fines del art. 259 del C.P.C.C.N, ha transcurrido el plazo de ley sin que la demandada haya presentado el memorial de donde se ha operado la deserción del remedio procesal intentado (Art. 266 del C.P.C.C.N.).

  2. En lo atinente a la cuestión traída a conocimiento del Tribunal, es menester destacar en primer término que la Sra. E.R. es titular de una pensión por fallecimiento otorgada por el ex Instituto Municipal de Previsión Social de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, el 15 de octubre de 1992, conforme surge de fs.41/42 del expediente administrativo nº 64.760/92, agregado por cuerda.

  3. Respecto a la declaración de inconstitucionalidad del art. 48 del decreto 1645/78, se deberá posponer para el momento de practicarse liquidación en base a los parámetros ordenados en la sentencia, oportunidad en la que recién podrá ser objeto de análisis la posible confiscatoriedad derivada de su aplicación (cfr. “D.A.S., A. c/ INPS Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividad civil” 25/9/1997).

  4. En relación a la tasa de interés, corresponde la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (Conf. art. 10, D.. 941/91; C.S.J.N. L. 44 XXIV "L.A.M. c/Explotación Pesquera de la Patagonia S.A.", sentencia del 10/6/92; y "Banco Sudameris c/Belcam S.A. y otro", sentencia del 17/5/94; “Spitale, J.E. c/ANSES s/Impugnación de resolución administrativa”

    CSJN sent. del 17/9/04; y "Fallos" 303:1769; 311:1644, entre otros).

  5. Con respecto al agravio referido a la supuesta falta de declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, el mismo no guarda relación con lo decidido por el Sr. Juez “a quo”, por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR