Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 12 de Agosto de 2022, expediente FPO 000945/2020/CA001
Fecha de Resolución | 12 de Agosto de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA DE ASUNTOS PREVISIONALES |
Poder Judicial de la Nación FPO N° 945/2020/CA1
sadas, 12 de agosto de 2022.
Y VISTOS:
1) Que vienen estos autos a fin de que se resuelva el recurso de apelación deducido por la demandada el 28/04/2022,
contra la resolución dictada el 25/04/2022.
Que, la resolución atacada resolvió diferir la excepción de prescripción para la oportunidad procesal correspondiente, a su vez, rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva e impuso las costas a la demandada.
2) Que, se agravia la demandada porque el a quo USO OFICIAL
rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva y señala que se encuentra acreditado que mediante Decreto 15.943/1946 ratificado por ley 13.593, se creó la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal, que en la actualidad es el organismo administrador/liquidador/pagador de los beneficios de retiros,
jubilaciones y pensiones del personal en situación de retiro de la Prefectura Naval Argentina.
Asimismo, se agravia por la imposición de las costas y señala la carencia de fundamentos para denegar las excepciones deducidas por su parte.
Fecha de firma: 12/08/2022
Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.T. DE SKANATA, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.E.V., SECRETARIO DE CAMARA
3) Que, respecto a la falta de legitimación pasiva alegada, este tribunal ya se ha pronunciado ante un planteo similar en autos 8931/2019 R.…c/ , el 01/06/2021 oportunidad en que desestimó la excepción deducida. Así, siguiendo el criterio adoptado y; atento a que no resulta categórico el Decreto 760/18
respecto del alcance de la transferencia de responsabilidades en relación a reintegros por razones de liquidación en etapa previa al traspaso y, en virtud de que negar la integración de la Litis al Estado Nacional y/o Prefectura Naval Argentina resultaría en perjuicio del actor y violatorio del derecho de propiedad como del defensa en juicio y de la garantía del debido proceso adjetivo.
Corresponde confirmar lo resuelto en tal sentido ya que para la efectividad de la sentencia -a dictarse-, es necesaria la participación en este juicio de los sujetos que han sido demandados y el incluido por el Decreto 760/18 del PEN.”.
4) Que, en lo atinente a la queja deducida en torno a la imposición de costas, corresponde denominar vencida a la parte contra la cual se declara el derecho, entonces en este caso el vencido...
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