Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 18 de Septiembre de 2023, expediente CNT 030135/2022/CA001

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

SALA V

EXPTE. Nº CNT 30135/2022/CA1

Expte. Nº CNT 30135/2022/CA1

SENTENCIA INTERLOCUTORIA 53074

AUTOS: “RODRIGUEZ, DAVID c/ PROVINCIA ART S.A. s/ RECURSO LEY 27.348

(Juzgado Nº 56)

Ciudad de Buenos Aires, 15 de septiembre de 2023.

VISTOS

Y CONSIDERANDOS:

  1. Contra la sentencia dictada el día 16/03/2023 que confirmó la decisión administrativa de la comisión médica jurisdiccional por considerar desierto el recurso interpuesto en los términos del art. 2 de la ley 27.348, apela la parte actora a tenor del memorial glosado en formato digital con fecha 20/03/2023, escrito que no recibió réplica de la contraria.

En este sentido, la parte actora cuestiona el decisorio de grado al considerar que resulta arbitrario e infundado, en tanto el sentenciante de origen confirmó lo dictaminado por la comisión médica sin ordenar la producción de la prueba ofrecida y que ello afecta su derecho de defensa y tutela judicial efectiva.

Para decidir la confirmación del dictamen de la Comisión Médica interviniente jurisdiccional Nro. 10 de Capital Federal, la Sra. Jueza de la anterior instancia concluyó que los argumentos expuestos por la parte actora no resultaban suficientes, por lo que no constituía una queja concreta y razonada, correspondiendo declarar desierto el recurso bajo examen.

  1. Analizados los antecedentes de autos y los términos del recurso interpuesto, debe señalarse que el demandante en el caso, luego de transitar la instancia administrativa previa y obligatoria por el rechazo de la contingencia, pretendió cuestionar la resolución administrativa en el marco del procedimiento diseñado por la ley 27.348.

    En este sentido, cabe destacar que una vez agotada la instancia previa y excluyente ante comisiones médicas, queda habilitada para el trabajador la opción de un recurso pleno Fecha de firma: 18/09/2023

    Firmado por: G.D.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: B.E.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.C., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

    SALA V

    EXPTE. Nº CNT 30135/2022/CA1

    ante la justicia ordinaria respecto de la decisión eventualmente adoptada por dicha comisión,

    con posibilidad de prueba respecto a los aspectos cuestionados.

    Nótese que el trabajador denuncia haber sufrido un accidente in itinere cuando se dirigía de su domicilio al trabajo en automóvil y fue embestido por otro automotor del costado del conductor. El impacto fue tan grave que el seguro pagó el bien por destrucción total. A su vez, este impacto le provoco traumatismos en la rodilla izquierda y el pie derecho.

    Conforme la controversia que se suscita en relación con ese dictamen y los términos de la apelación deducida por la parte actora, este tribunal considera verificada la sustanciación de la expresión de agravios y la satisfacción de aquella en lo relativo al recaudo de fundamentación crítica suficiente, pues los elementos de análisis expuestos en el marco de un recurso como el que nos ocupa no permiten considerar insuficiente al mismo, máxime cuando en el planteo inicial se expresa concretamente que se cuestiona el dictamen médico que determinó la inexistencia de incapacidad en base a un análisis exclusivo de la documentación obrante en las actuaciones administrativas, pero sin haberse efectuado ningún tipo de evaluación médica posterior.

    En efecto, la evaluación de las secuelas del siniestro padecido debe realizarla un...

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