Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 28 de Diciembre de 2021, expediente CIV 017251/2016/CA001

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2021
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F

Expte. nº 17.251/2016 “R., C.J. c/ Línea 56

DOTA S.A. de Transporte Automotor y otro s/ daños y perjuicios”.

Juzgado nº 42.

En Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los días del mes de diciembre de 2021, reunidos en acuerdo los Sres. Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S. “F” para conocer en los autos del epígrafe, respecto de las cuestiones sometidas a su decisión,

a fin de determinar si es arreglada a derecho la sentencia apelada.

Practicado el sorteo correspondiente, resultó el siguiente orden de votación: POSSE SAGUIER – GALMARIN

  1. La vocalía 17 no interviene por hallarse vacante.

    A la cuestión propuesta el doctor POSSE

    SAGUIER dijo:

  2. El actor promovió la presente acción contra “Línea DOTA S.A. de Transporte Automotor” por los daños y perjuicios que dijo haber sufrido, a raíz de un accidente de tránsito ocurrido el día 21 de julio de 2015.

    Relató que ese día, alrededor de las 15.00 horas,

    conducía el automóvil Ford Escort por la rotonda de la avda. E.P., haciéndolo a velocidad reglamentaria y con pleno dominio de su rodado. Al llegar al cruce con la calle L., detuvo la marcha de su vehículo por el intenso tránsito, siendo embestido violentamente en la parte lateral izquierda delantera por el colectivo interno 1033 de la empresa demandada , que circulaba también por dicha rotonda,

    pero por el carril izquierdo y sorpresivamente su conductor habría realizado una maniobra hacia la derecha invadiendo así el carril por el que marchaba el Ford Escort.

    Destacó que a raíz del violento impacto no sólo ocasionó graves daños al rodado, sino también a su persona, siendo atendido en el Hospital General de Agudos Dr. Álvarez de esta Ciudad.

    La sentencia de la anterior instancia desestimó la demanda, con costas a cargo de la vencida.

    Contra dicho pronunciamiento se alzó el actor,

    quien fundó su recurso, el cual fue respondido por los emplazados.

    Fecha de firma: 28/12/2021

    Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA

  3. El apelante intenta cuestionar que la sentencia haya desestimado la acción, por entender que las probanzas arrimadas no han logrado acreditar la existencia del hecho que fuera negado por los emplazados. Sin embargo, adelanto que las manifestaciones que formula el recurrente no cumplen, ni siquiera mínimamente, con los recaudos exigidos por el art. 265 del Código Procesal.

    De acuerdo a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR