Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL, 30 de Mayo de 2018, expediente FCB 054190017/2007/CA001

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL – SALA B Expte. N° 54190017/2007 AUTOS : RODRIGUEZ ALEJANDRO c/ A.N.S.E.S. s/EJECUCIÓN PREVISIONAL doba, 30 de mayo de 2018.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “RODRIGUEZ, ALEJANDRO C/ ANSES –

EJECUCION PREVISIONAL” (Expte. Nº 54190017/2007/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 26 de junio de 2015, dictada por el Juzgado Federal de Río Cuarto, en el que resolvió aprobar la planilla de liquidación rendida en autos, ordenando a la ANSeS, abone al actor la suma de PESOS OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 821.344,56) en concepto de diferencias económicas retroactivas y fijando el haber real de jubilación en la suma de PESOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 27.998,69) al mes de abril de 2015, regula honorarios de la Dra. V.C. en la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL SESENTA Y SIETE ($ 41.067) y los honorarios del perito contador oficial R.H.B. en la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL CINCUENTA Y TRES ($

33.053). Las costas fueron impuestas a la demandada y se procedió a la regulación de honorarios.

Y CONSIDERANDO:

  1. - En contra de lo decidido por el Juez de la causa, la demandada dedujo recurso de apelación a fs. 268/272. Aduce que la resolución recurrida carece de fundamentación con contenido jurídico, que la liquidación practicada contiene errores metodológicos como así también en la tasa de interés considerada. Afirma que no se han considerado los pagos efectuados, constituyendo ello un enriquecimiento ilícito. Se queja que el Iudicante no ha tenido en cuenta la impugnación efectuada ni la nueva liquidación realizada por la Anses. Cuestiona la regulación de honorarios practicada y las costas.

    Corrido el traslado de ley, la parte actora contestó agravios (fs. 274/276 vta.), quedando la causa en estado de ser resuelta.

    Fecha de firma: 30/05/2018 Alta en sistema: 01/06/2018 Firmado por: A.G.S. TORRES Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.N., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.E.R., Secretaria #8842471#206119679#20180601092357411

  2. Iniciada la demanda de ejecución (fs. 81/83) y contestada por la demandada (fs. 91/93), el designado señor perito oficial presenta sus informes y readecuaciones pedidas, los que resultan impugnadas por ANSES. Seguidamente, el...

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