Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 18 de Julio de 2019, expediente CIV 083263/2016
Fecha de Resolución | 18 de Julio de 2019 |
Emisor | Camara Civil - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A “RODRIGO, S.A. c/ ALVAREZ HNOS SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LTDA. y otros s/ daños y perjuicios”
(expte. 83.263/2016) (JPL)
Juzg. 61 R: 083263/2016/CA001 Buenos Aires, de julio de 2019.
AUTOS Y VISTOS; Y CONSIDERANDO:
I.V. los autos a esta Alzada a efectos de que
entienda en el acuse de caducidad de segunda instancia introducido a
fs. 94, respecto del recurso deducido a fs. 87 contra la regulación de
honorarios de fs. 83.
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Al respecto, cabe recordar que la caducidad o
perención de la instancia constituye un modo de extinción del proceso
que tiene lugar cuando, durante su transcurso, no se cumplen actos de
impulso alguno durante el término establecido por la ley (conf.
Palacio, L.E., “Derecho Procesal Civil”, AbeledoPerrot, 2006, t.
IV, n° 362, p. 216/218).
Sentado lo anterior, corresponde señalar que desde
la concesión del recurso de fs. 88 del 10 de septiembre de 2018, hasta
el planteo de la caducidad del 24 de mayo de 2019 (ver fs. 94 Vta.),
transcurrió el plazo previsto por el art. 310, inc. 2, del Código
Procesal, sin que la interesada realizara acto idóneo alguno a fin de
interrumpir la perención, dado que las cedulas electrónicas referidas
en su contestación, fueron posteriores al acuse.
En virtud de ello, siendo que correspondía a la
apelante mantener viva la instancia abierta a partir de la formulación
Fecha de firma: 18/07/2019 Alta en sistema: 12/08/2019 Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.M., JUEZ DE CAMARA #29145518#239238653#20190718120629207 de su recurso, es que habrá de prosperar el incidente de caducidad de
la segunda instancia.
Por las consideraciones precedentes, SE
RESUELVE:
Hacer lugar al planteo de formulado a fs. 94 y decretar
la caducidad de segunda instancia con relación al recurso deducido a
fs. 87. Ello, con costas (arts. 69, párrafo primero, y 68, párrafo
primero, del Código Procesal).
Notifíquese a los interesados en los...
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