Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 25 de Julio de 2017, expediente FRO 004384/2013/CA001

Fecha de Resolución25 de Julio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B P../Int. Rosario, 25 de julio de 2017.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente n° FRO 4384/2013 “ROCCAFORTE, J.A. c/ ANSES s/ Reajustes por Movilidad” (del Juzgado Federal n° 2 de Rosario).

Mediante sentencia del 28 de julio de 2015 se hizo lugar a la demanda interpuesta por J.A.R. y se ordenó a la ANSES a pagar el haber recalculado y las diferencias retroactivas conforme las pautas fijadas en el Considerando pertinente (fs. 49/52).

Apelada por la demandada (fs. 53), por decreto del 18 de agosto de 2015, se concedió en modo libre (fs. 54), se elevaron los autos a este Tribunal (fs. 58.) y se dictó el primer decreto de trámite el 4 de septiembre de 2015 (fs. 59).

El 21 de junio de 2016, la actora solicitó que se declare la caducidad de la instancia (60), y estando debidamente notificada la demandada del traslado corrido, lo contestó (fs. 62/63), quedando los autos en condiciones de ser resueltos (fs. 67).

La Dra. V. dijo:

  1. ) La apoderada de la actora solicitó que se declare la caducidad del recurso de apelación interpuesto con costas; toda vez que la demandada, según dijo, no impulsó el procedimiento desde el 18/08/2015, cuando en su presentación expresó su voluntad de apelar.

  2. ) La caducidad de instancia es un modo de extinción del proceso que tiene lugar cuando no se impulsa el procedimiento durante el tiempo establecido por la ley, cuya finalidad consiste en la conveniencia pública de facilitar el dinámico y eficaz desarrollo de la actividad judicial. La inactividad, como presupuesto de la caducidad de la instancia, significa la paralización del trámite judicial exteriorizándose esta circunstancia en la no ejecución de acto alguno por las partes idóneo para impulsar el procedimiento y que trasunten la intención de hacer avanzar el proceso hacia su decisión final. El interés público justifica el Fecha de firma: 25/07/2017 Alta en sistema: 26/07/2017 Firmado por: M.V.V., Secretaria de Cámara Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, Juez de Cámara Firmado por: E.V., Juez de Cámara #3442820#184201575#20170724130150637 instituto de la caducidad de la instancia con el fin de evitar la prolongación indeterminada de los procesos (Acuerdos Nros. 367/08, 450/08, 443/12 y 122/14 entre otros).

  3. ) Asiste razón al planteo de la actora, en cuanto, desde la providencia del 4 de septiembre de 2015 (fs. 159), hasta el planteo de caducidad de la apelación de...

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