Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 4 de Octubre de 2016, expediente CIV 035859/2016/CA001

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I C. 35859/2016/CA1 I “Robledo, P. c/ C., P. I. y otro s/

medidas cautelares”.

Juzgado Nº: 1 Secretaría Nº: 1 Buenos Aires, 4 de octubre de 2016.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 36 y fundado a fs. 38/39 contra la

resolución de fs. 33/35, y

CONSIDERANDO:

  1. La actora solicita que como medida cautelar se ordene a Pedro Ignacio

    Campos y a Google Argentina SRL en adelante G. el bloqueo de las páginas:

    http://infobaires24.com.ar/pedrorobledonotuvounaaudienciapapa/

    http://infobaires24.com.ar/tema/amenazas/

    http://infobaires24.com.ar/tema/libertaddeexpresion/

    http://infobaires24.com.ar/tema/libertaddeprensa/ http://infobaires24.com.ar/tema/piter

    robledo.

    Alega que en ellas se publica información difamatoria sobre su persona.

    Expone que se desempeña como Subsecretario Nacional de Juventud y que allí se indica

    que percibió mil dólares diarios como viáticos para ser aplicados al viaje en ocasión del

    Encuentro Intercontinental de Juventud y de la Reunión de Ministros y Responsables de

    Juventud en Iberoamérica, que se celebrarían durante mayo en Roma y Madrid,

    respectivamente. Señala que la página mencionada alude a que esa cifra resulta de un

    documento al que tuvo acceso en forma exclusiva, que reproduce de manera ilegible y que

    no contiene información alguna. Sostiene que la falsedad de los datos se acredita con las

    resoluciones ministeriales 710/2010 y 588/2016 de las que surgen las sumas de U$S 367

    diarios para la República de Italia y de U$S 309 por día para el Reino de España. Aduce

    que en forma maliciosa e injuriante se vierten estas afirmaciones falsas que le generan

    daños que, a priori, se exteriorizan en el acoso periodístico sufrido a partir de dicha

    publicación. Argumenta que la medida que solicita no vulnera la libertad de expresión, ni

    es un supuesto de censura previa puesto que el medio ha publicado la nota en forma

    absolutamente libre. Manifiesta que el dominio "infobaires24.com.ar" pertenece al Sr.

    Fecha de firma: 04/10/2016 Firmado por: NAJURIETA- GUARINONI, #28483542#161312881#20161004154400422 P., conforme surge de la consulta a Nic Argentina (cfr. fs. 14/16). Ante

    el requerimiento formulado a fs. 26, explica que demanda a Google Argentina SRL en

    función de la responsabilidad que le cabe por la difusión de información falaz (cfr. fs. 30).

  2. Después de que el juez a cargo de Juzgado Civil N° 100 se inhibiera y

    remitiera la causa a este Fuero en lo Civil y Comercial...

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