Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Noviembre de 2017, expediente Rl 118973

PresidenteKogan-Pettigiani-Negri-de Lázzari-Soria
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R., CESAR RICARDO C/ FUNDICION SAN CAYETANO S.A. S/ SUMARISIMO.

La Plata, 29 de noviembrede 2017.

AUTOS Y VISTOS:

  1. Esta Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por el actor y, en consecuencia, revocó la sentencia impugnada en cuanto había rechazado la acción de reinstalación promovida con fundamento en el art. 1 de la ley 23.592 y el pago de los salarios caídos desde la fecha de extinción de la relación laboral y hasta la efectiva reincorporación del trabajador (v. fs. 1.514/1.521).

    Contra dicho pronunciamiento, la impugnante dedujo aclaratoria, en la que denuncia que este Tribunal omitió definir la tasa de interés aplicable a los salarios caídos, así como también el momento desde el cual los acrecidos deben comenzar a correr (v. fs. 1.526/1.527).

  2. De modo liminar cabe observar que la aclaratoria sólo es procedente para corregir un error material, aclarar algún concepto oscuro o suplir cualquier omisión en que se hubiese incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio (art. 166, inc. 2, CPPC; causas Ac. 90.941, "Sociedad de Fomento Cariló", resol. de 26-IV-2006; L. 110.166, "D.", resol. de 14-VII-2010 y L. 113.833, "Ministerio de Trabajo", resol. de 13-VII-2011).

    Del análisis del escrito en cuestión no se aprecia la concurrencia de ninguno de los supuestos...

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