Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 19 de Octubre de 2023, expediente CIV 011488/2020

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2023
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA CIVIL – SALA I

11488/2020

RIVERO, M.E. Y OTROS c/ OCUPANTES DE AV

SEGUROLA 2476/80 s/DILIGENCIAS PRELIMINARES

Buenos Aires, 19 de octubre de 2023.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El Reglamento para la Justicia en lo Civil, en su Anexo I, artículo 4, consagra el principio de prevención en materia de adjudicación de causas en las salas de la Cámara de Apelaciones del fuero. En tal sentido, dispone que la radicación de sala en un expediente determinará definitivamente la asignación del tribunal que debe intervenir en todas las cuestiones que se susciten en lo sucesivo, tanto en la causa principal como sus incidentes, trámites de ejecución de sentencia y en las tercerías relacionadas con aquél y en las causas conexas o íntimamente vinculadas.

Por otra parte, corresponde destacar la amplitud de los términos del mencionado artículo 4 del Anexo n° 1 del Reglamento del fuero, ya que sólo exige la existencia de conexidad para que una Sala intervenga en todos los expedientes relacionados. Se trata así,

de un concepto de mayor extensión que el que rige para la asignación de expedientes en primera instancia.

Tal situación se configura en la especie.

Adviértase que esta causa guarda relación y conexidad relevante con el incidente n°50.612/2020/1 caratulado “FERRETTI,

D.M. DEMANDADO: MARRO, ARMANDO

HECTOR Y OTRO s/REGULACION DE HONORARIOS”, en trámite por ante el Juzgado civil nº50, derivado de los autos “MARRO, A.F. c/ MARRO, ARMANDO

HECTOR Y OTROS s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA”,

expediente n° 50612/2020 y en el que previno la Sala M.

En efecto, en ese incidente se ha fijado la base regulatoria del proceso, determinado por el inmueble sito en la calle S. 2476/80 de esta ciudad que es el mismo que resulta objeto de este expediente.En ese lineamiento, la norma citada consagra el Fecha de firma: 19/10/2023

Firmado por: P.M.G., JUEZA DE CÁMARA

Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CÁMARA CIVIL – SALA I

principio de la prevención según el cual se concentran ante un mismo Tribunal todas las cuestiones conexas o vinculadas que se originan y giran en torno a una misma relación jurídica, o aquellas en las que en razón de su contacto con el material fáctico y probatorio hagan conveniente que se produzca esa concentración (CNCiv., T.. de Superintendencia, expediente n° 43634/2023

DESARROLLOS 5456 SA c/ TIAZIÑHA SC s/DESALOJO:

OTRAS CAUSALES

del 5 de octubre de 2023,ver acá).

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