Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 25 de Abril de 2017, expediente COM 007569/2013/CA004

Fecha de Resolución25 de Abril de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 7569/2013/CA4 R.R. s/CONCURSO PREVENTIVO.

Buenos Aires, 25 de abril de 2017.

  1. El concursado apeló en subsidio en fs. 565/567 la decisión de fs. 562, en cuanto rechazó su pedido de remisión a la sede del concurso de una ejecución hipotecaria que tramita en San Isidro y la suspensión del desalojo allí dispuesto.

    Los argumentos allí expuestos fueron respondidos en fs. 572/573 por el síndico.

    El Ministerio Público se remitió en fs. 583 a su dictamen de fs. 328.

  2. Se anticipa que la proposición recursiva de que se trata habrá de desestimarse.

    Ello es así, en tanto no puede sino compartirse con la instancia de grado que –más allá del esfuerzo argumental del recurrente– tanto la pretensión de que la magistrado que interviene en su concurso preventivo asuma competencia en esa ejecución hipotecaria cuanto el pedido de suspensión del desalojo allí ordenado, ya fueron desestimados en su oportunidad por esta alzada (fs. 330/331).

    De allí que, en el entendimiento de que el recurso en cuestión pretende reeditar materias que ya han sido juzgadas no cabe sino desestimar la apelación en examen para no contrariar el principio de preclusión, según el cual, los actos que componen el proceso se suceden y se incorporan en el orden previsto y sus efectos quedan fijados de forma irrevocable, sino también y fundamentalmente para no violentar los efectos de la cosa juzgada (esta Fecha de firma: 25/04/2017 Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: JULIO FEDERICO PASSARON, SECRETARIO DE CAMARA #23117510#175964214#20170425111934747 Sala, 12.4.16...

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