Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 28 de Marzo de 2017

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2017
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita179/17
Número de CUIJ21 - 511057 - 9

Reg.: A y S t 274 p 244.

Santa Fe, 28 de marzo del año 2017.

VISTOS: los autos "RIVAS, C.H. -Homicidio doloso- (CUIJ 21-06277532-4) sobre QUEJA" (Expte. C.S.J. CUIJ: 21-00511057-9); y

CONSIDERANDO:

  1. Por resolución de fecha 7.12.2016 el Juez penal del Colegio de Jueces de segunda instancia de la 5° Circunscripción, doctor O., declaró inadmisible el recurso de apelación deducido por la defensa contra el decreto del 27.09.2016 y la resolución del 14.10.2016, ambos dictados por el juez de grado, con costas (f. 1).

  2. Contra este pronunciamiento, la defensa técnica interpone directamente ante esta Corte Suprema de Justicia recurso de "queja por apelación denegada", agraviándose de que en estos autos se afectaron garantías constitucionales, tales como el debido proceso y el derecho de defensa de C.H.R. (fs. 3/9).

  3. La queja que prescribe el artículo 8 de la ley 7055 que habilita la competencia constitucionalmente asignada a este Tribunal por el artículo 93, inciso 1 de la Constitución provincial y por el ordenamiento jurídico citado, supone la previa deducción de un recurso de inconstitucionalidad contra la decisión definitiva o equiparable que se pretende impugnar (art. 1, ley 7055).

En el caso, la recurrente frente...

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