Sentencia de SALA II, 28 de Agosto de 2014, expediente CCF 003828/2010

Fecha de Resolución28 de Agosto de 2014
EmisorSALA II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 3828/2010 R. L. c/ PROGRAMA FEDERAL DE SALUD Y OTROS s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 28 de agosto de 2014.- ER VISTO: el recurso de apelación interpuesto y fundado a fs.

132/133, que contó con la réplica de fs. 141, contra la sentencia de fs.

126/128; y CONSIDERANDO:

1) Que la señora G.B.P.R., en nombre y representación de su hijo menor L.R., promovió esta demanda contra el Programa Federal de Salud, la Agrupación Salud Integral y el Estado Nacional –Ministerio de Salud– procurando la provisión de una prótesis del miembro inferior izquierdo para el menor en reemplazo de la que tenía en ese momento, que no era adaptable al crecimiento del niño.

Sólo el Estado Nacional compareció en autos, manifestando que no había denegado las prestaciones requeridas por la accionante y que se encontraba realizando gestiones ante la Agrupación Salud Integral para agilizar su trámite.

Al dictar la sentencia definitiva, el señor juez arribó a la conclusión de que el reclamo de la actora devino abstracto, dado que las partes han manifestado que la prestación requerida por la accionante se encuentra cumplida. Por otra parte, desestimó la petición formulada con relación a las medidas necesarias ante posibles trabas administrativas que puedan oponer los prestadores, por considerar que se trata de un planteo de carácter genérico, futuro y sin relación con acciones u omisiones concretas, reales y efectivas, lo que impide formular un juicio. Finalmente, impuso las costas a la demandada, al juzgar que la actora se vio obligada a litigar para lograr la satisfacción de su reclamo.

El Estado Nacional apeló esa decisión. Sostuvo que, al condenarlo, el juzgador “no ha tenido en consideración que mi representada arbitró todos los medios a su alcance ante la Agrupación Salud Integral –

ASI– para que la amparista recibiera la prótesis requerida”, extremo del que dejó constancia desde un primer momento, así como acreditó en debida Fecha de firma: 28/08/2014 Firmado por: RICARDO

V. GUARINONI - ALFREDO S. GUSMAN forma la entrega del elemento indicado. Por consiguiente –prosiguió– ha cumplido con el objeto del amparo y debieron imponerse las costas en el orden causado. Al margen de este planteo, apeló por altos los honorarios regulados a la letrada patrocinante de su adversaria.

La actora resistió estos planteos por las razones expuestas en la réplica de fs. 141.

2) Que...

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