Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 15 de Diciembre de 2014, expediente FTU 054003167/1999

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 54003167/1999 RIVADENEIRA, MARIO ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS. JUZGADO FEDERAL DE TUCUMÁN N° 2.-

S.M. de Tucumán, 15 de Diciembre de 2014 Y VISTO: el recurso de apelación interpuesto a fs. 407, y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen los presentes autos a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 407 de autos por la apoderada de la actora en contra de la sentencia de fecha 29 de junio de 2009 (fs. 404) en cuanto resolvió: declarar la nulidad de todo lo actuado con posterioridad al fallo de Cámara de fecha 14/07/06, obrante a fs. 313/315 y, en consecuencia, ordena cumplir con lo dispuesto en la referida sentencia.-

    Concedido el recurso por el a quo (fs. 407 vta.), la apelante funda su recurso a fs. 412/415. Corrido el pertinente traslado de ley (fs. 416), la contraria hace uso de su derecho de réplica a fs.

    420/421, con lo que, elevada la causa a esta Alzada (fs. 424), ya se encuentra en estado de ser resuelta.-

    Disiente la apelante con la sentencia de anterior grado por cuanto la misma resolvió declarar la nulidad de todo lo actuado, con posterioridad al fallo de Cámara de fecha 14/07/06, sin dotar de fundamentación alguna a su decisorio, con la sola invocación de las facultades que le confiere al J. el art. 34 inc. 5, apartado b) de la ley de rito.-

    Fecha de firma: 15/12/2014 Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.D.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.W., JUEZ DE CAMARA 1 Firmado por: M.F.H., SECRETARIO DE CAMARA Luego de realizar un breve esbozo de las actuaciones que se sucedieron en la causa, sostiene que esa parte, ejerciendo la opción que ponía a su alcance la decisión de la Excma. Cámara de Seguridad Social, el día 13/06/07 presentó una liquidación, ordenando el Juzgado su traslado a la contraria -ANSES-.-

    Que esta última, en lugar de ejercer su derecho de réplica, dejó vencer los términos para contestar el traslado alegando supuestos errores procesales (falta de notificación de la sentencia de la Alzada), pretensión esta que no encontró recepción por parte del señor Juez a quo.-

    Que la ANSES, a fs. 373, efectúa una suerte de impugnación de planilla, impugnación ésta que resulta extemporánea, estando firme y consentida la liquidación realizada por esa parte (actora).-

    Que con la declaración de nulidad aquí apelada, el Juzgado pretende invalidar su propia sentencia interlocutoria (a la que se hace alusión en el considerando que antecede), la que ya se encontraba firme y consentida. Decisión esta que, según expresa la apelante (actora), le ocasiona serios gravámenes. Ello así, toda vez que todos sus actos procesales a partir del fallo de Cámara son absolutamente válidos y se encuentran firmes y consentidos.-

    En suma, se queja por cuanto el anterior sentenciante “No fundamenta…cuáles son las irregularidades o fallas del proceso, o quienes las produjeron, arrastrando el accionar procesal de pleno acatamiento de sentencia por la actora, y así validando la falta de Fecha de firma: 15/12/2014 Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.D.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.W., JUEZ DE CAMARA 2 Firmado por: M.F.H., SECRETARIO DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 54003167/1999 RIVADENEIRA, MARIO ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS. JUZGADO FEDERAL DE TUCUMÁN N° 2.-

    impugnación en tiempo y forma de la liquidación por parte de la demandada”.-

  2. El Tribunal adelanta su criterio favorable a la confirmación, aunque parcial, del fallo en crisis. Ello así, por las razones que se expondrán a continuación:

    Para una correcta inteligencia de las cuestiones debatidas, esta Alzada estima conveniente efectuar una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR