Sentencia nº AyS 1991-I, 683 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 7 de Mayo de 1991, expediente L 45738

Presidente del tribunalPisano - Salas - Rodriguez Villar - San Martín - Laborde
Fecha07 Mayo 1991
Número de expedienteL 45738
Número de sentenciaAyS 1991-I, 683

En la ciudad de La Plata, a 7 de mayo de 1991, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores P., S., R.V., S.M., L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 45.738, “S.R., L.J. contra Instituto Superior de Cosmética Integral de Buenos Aires. Diferencia de salarios, etc.”

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo nro. 2 de Bahía Blanca dictó sentencia en estos autos rechazando la demanda promovida, con costas a la parte actora.

Esta última dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿ Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorP. dijo:

  1. Se agravia el recurrente aduciendo que en el fallo se violaron los arts. 21, 22 y 27 de la ley de Contrato de Trabajo porque el a quo llegó a la conclusión que no existió relación laboral entre las partes, pese a que la demandada admitió la existencia de una locación de servicios y porque el carácter de socio—en el caso que la actora lo fuera—no es incompatible con el de empleado.

    Se incurrió, además, en absurdoagrega el quejosoporque no se valoró el reconocimiento efectuado por la demandada con respecto a la existencia de locación de servicios y porque se descalificó el...

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