Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 23 de Noviembre de 2021

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2021
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita950/21
Número de CUIJ21 - 513322 - 7

T. 313 PS. 115/118

Santa Fe, 23 de noviembre del año 2021.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa técnica de J.J.R., contra la resolución 272 de fecha 17 de junio de 2020, dictada por la Jueza del Colegio de Cámara de Apelación de la Segunda Circunscripción, doctora L., en autos caratulados "RIOS, J.J. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'RIOS, JUAN JOSE S / EJECUCIÓN DE PENA' - (CUIJ 21-06071666-5)" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00513322-7); y,

CONSIDERANDO:

  1. Por decisión 272 del 17 de junio del año 2020, la Jueza del Colegio de Cámara de Apelación de Rosario, doctora L., confirmó lo resuelto por la Jueza de grado que, a su turno, no hizo lugar a la incorporación del interno J.J.R. al período de libertad condicional, por no encontrarse reunidos los requisitos legales y rechazó el planteo de inaplicabilidad del artículo 14 del Código Penal (v. fs. 13/v. y registro de audio y video de audiencia de apelación).

  2. Contra tal pronunciamiento, la defensa del nombrado interpone recurso de inconstitucionalidad (fs. 14/45).

    Alega que lo resuelto no reúne las condiciones mínimas necesarias para satisfacer el derecho a la jurisdicción, pues ocasiona a su asistido un gravamen irreparable y afecta su integridad física, dignidad humana, resocialización, derecho a la jurisdicción y a ser oído.

    Efectúa una reseña de los antecedentes fácticos del caso, explicando que R. está condenado a la pena de 8 años y 11 meses de prisión por el delito de homicidio en ocasión de robo agravado por uso de arma de fuego, en calidad de partícipe secundario, con vencimiento el 25.06.2023; cuenta con calificación de conducta y concepto ejemplar y en condiciones temporales de acceder al régimen de libertad condicional desde el 05.03.2020.

    Explica que en virtud de cláusulas impeditivas por resultar condenado por la figura del artículo 165 del Código Penal, se ve imposibilitado de acceder a los beneficios del período de prueba, prisión discontinua, semidetención, libertad condicional y/o asistida.

    Acusa arbitrariedad fáctica, pues entiende que lo decidido desintegra el derecho a la jurisdicción que tiene R., en tanto otra Magistrada de similar jerarquía resolvió previamente -en fecha 30.12.2019- declarar inaplicable al caso concreto el artículo 56 bis de la ley 24660, haciendo lugar a las salidas transitorias.

    Señala que luego, en fecha 30.04.2020 peticionó la incorporación de su asistido al régimen de...

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