Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 9 de Diciembre de 2019, expediente CCF 010066/2017/CA002

Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa N° 10066/2017/CA2 “R., F.J.c./ S.M. SA y otro s/amparo de salud”, Juzgado N° 1, Secretaria N° 1.-

Buenos Aires, 9 de diciembre de 2019.-

VISTOS: Los recursos de apelación interpuestos y fundados a fojas 371/382 y fojas 388/393, concedidos en ambos efectos a fojas 383 y fojas 394 respectivamente, contra la resolución de fojas 361/370, los traslados fueron contestados a fojas 396/409 y fojas 411/413.

Existen, también recursos de apelación por los honorarios regulados a fojas 381, segundo agravio y fojas 384/386.

Vistas que fueron las presentes actuaciones por el señor F.C. a fojas 424/427, y CONSIDERANDO:

  1. La señora Jueza de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo y condenó a la Obra Social del Personal de Dirección Acción Social de Empresarios (ASE) y a S.M.S. a mantener de manera definitiva al actor y su grupo familiar, en un plan equivalente al que gozaba durante la vigencia de la relación laboral con la empresa que realizó el contrato con la demandada. Esta equivalencia que deberá reflejarse tanto en lo atinente a las prestaciones, como al valor que percibe en la actualidad por dicho plan corporativo, debiendo mantenerse la antigüedad y ajustarse a lo dispuesto en los arts. 12, 14 y 15 de la Ley 26.682 (v. fs. 369).

    La magistrada refirió que, mediante la prueba informativa, se acreditó que el señor R., F.J. obtuvo su beneficio jubilatorio en el mes de julio de 2015 (v. fs. 236/237) y que, tal como informó el perito a partir del período 9/2015 figura como inactivo y sin montos ingresados (v. fs. 344vta./345). Sin perjuicio de ello, el actor se desempeñó en la entidad IBM Argentina S.R.L. como Fecha de firma: 09/12/2019 Alta en sistema: 10/12/2019 Firmado por: RECONDO - MEDINA, #31129587#250915599#20191210124523529 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III jubilado activo, desde noviembre de 2015 hasta el 29/06/2018, oportunidad en la que presentó su renuncia (v. fs. 368).

    Contra dicha decisión S.M. interpuso recurso de apelación a fojas 371/82, del mismo modo procedió la actora a fojas 388/394, ambos recursos fueron concedidos con efecto devolutivo a fojas 383 y fojas 394 respectivamente.

    S.M. se agravia sustancialmente al considerar que no denegó la solicitud del actor de continuar con su afiliación y argumentó que no se tuvo en cuenta el ofrecimiento y asesoramiento que le brindó para mantener su cobertura, poniendo a su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR