Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 14 de Octubre de 2022, expediente CIV 085896/2016/CA002
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala H |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H
85896/2016
RINALDI DE PELLERITI, A. c/ COTO CIC SA s/DAÑOS Y
PERJUICIOS
Buenos Aires, de octubre de 2022.- LF
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
Las presentes actuaciones fueron virtualmente elevadas a esta Sala a efectos de resolver la caducidad de segunda instancia articulada por el perito médico con fecha 8 de septiembre de 2022.
Corrido el pertinente traslado, fue respondido por la demandada con fecha 16 de septiembre de 2022.
-
Tiene dicho este Tribunal que el término de la caducidad de la segunda instancia solo empieza a correr una vez que la resolución recurrida es notificada a todos los interesados, aunque a alguno de ellos ya se le hubiera concedido un recurso de apelación.
Ello, en virtud de la indivisibilidad de la instancia a los efectos de la perención, que no permite considerar los recursos concedidos mientras la sentencia recurrida no quede notificada a todos los interesados (conf. esta Sala, “Pitrizza SA c/ Cabrera Fabian y Otros s/ Desalojo por vencimiento de contrato” Expte. 44.417/2010,
del 31/8/12; ídem “G.P.S. c/ Converti, L.E. y Otros s/ Daños y Perjuicios” Expte. 65.185/08, del 16/4/13;
ídem “E., C.V. c/ Asociación Civil de Estudios Superiores y otros s/ Daños y Perjuicios” Expte. 76.979/2006, del 18/08/2017).
En efecto, para que prospere la caducidad de la segunda instancia es necesario que se encuentre concluida la primera,
circunstancia que se configura con la notificación de la sentencia a todas las partes. En tales casos, el curso de la caducidad de la segunda instancia comienza recién cuando concluye la anterior Fecha de firma: 14/10/2022
Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA
(CNCiv, S.M., “E.L.H. y otros c/ R.H.J. y otros s/ Daños y Perjuicios”, del 10/03/2, sumario n°29563 de la Base de Datos de la Secretaría de Documentación y Jurisprudencia de la Cámara Civil).
Del examen de las actuaciones se advierte que, en ocasión de articularse el planteo de caducidad...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba