Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 5 de Diciembre de 2016

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2016
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita649/16
Número de CUIJ21 - 4966534 - 9

RIMOLI, P.M. c/ SAN ALBERTO S.R.L. -ESCRITURACION- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 649/16 N.S.: Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 272 Pág. de inicio: 370 Pág. de fin: 373 Fecha del fallo: 05/12/2016 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.M.A.G.R.F.G.M.L.N.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > PROCEDENCIA > PRUEBA DECISIVA.

O.T. > BOLETO DE COMPRAVENTA > JUICIO DE ESCRITURACION Tesauro > ESCRITURACION Tesauro > JUICIO DE ESCRITURACION Tesauro > EXCEPCION DE INHABILIDAD DE TITULO Tesauro > PRUEBA > PRESCINDENCIA Tesauro > FIRMA > CERTIFICACION CONSTITUCIONAL - CIVIL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. PROCEDENCIA. PRUEBA DECISIVA. OMISION. JUICIO DE ESCRITURACION. EXCEPCION DE INHABILIDAD DE TITULO Corresponde declarar procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto ya que el estudio de la causa acredita la preterición de prueba invocada, toda vez que -a los fines del reconocimiento de documental consistente en un boleto de compraventa y sucesivas cesiones de derechos respecto de un lote de terreno, a efectos de su escrituración- no se ha tenido en consideración las certificaciones de firmas de las cesiones de los derechos de acciones del boleto de compraventa como así tampoco el informe del Registro General, haciéndose lugar a la excepción de inhabilidad de título planteada por la defensora de oficio y rechazando la demanda incoada.

Texto del fallo Reg.: A y S t 272 p 370/373.

En la ciudad de Santa Fe, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis, se reunieron en acuerdo los señores Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, doctores D.A.E., M.A.G., M.L.N. y E.G.S., con la Presidencia del titular doctor R.F.G., a fin de dictar sentencia en los autos caratulados "R.P.M. contra SAN ALBERTO S.R.L. - ESCRITURACIÓN - (EXPTE. 64/15) sobre RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-04966534-9). Se resolvió someter a decisión las siguientes cuestiones: PRIMERA: ¿es admisible el recurso interpuesto?; SEGUNDA: en su caso, ¿es procedente?; y TERCERA: en consecuencia, ¿qué resolución corresponde dictar? Asimismo, se emitieron los votos en el orden que realizaron el estudio de la causa, o sea, doctores: G., Erbetta, N., S. y G..

A la primera cuestión, la señora Ministra doctora G. dijo: 1. Brevemente, lo acontecido en la especie: 1.1. P.M.R. inició medidas preparatorias, ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y...

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