Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 4 de Abril de 2022, expediente COM 001866/2020/CA001
Fecha de Resolución | 4 de Abril de 2022 |
Emisor | Camara Comercial - Sala C |
Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C
RIMAZU S.R.L. LE PIDE LA QUIEBRA BEMIS ARGENTINA SAU
Expediente N° 1866/2020/CA1
Buenos Aires, 04 de abril de 2022.
Y VISTOS:
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Viene apelada por el demandado la resolución que, tras haber rechazado sus defensas, lo intimó a depositar la suma equivalente al crédito invocado en este pedido de quiebra, con costas.
Los agravios se circunscriben a esas costas, siendo del caso destacar que la señora magistrada concedió el recurso con efecto diferido.
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A fin de contextualizar el marco dentro del cual debe ser emitido este pronunciamiento, vale tener presente que, después de que hubiera sido dictada esa resolución, el requerido depositó a embargo los montos invocados, lo cual generó una nueva decisión, en la que la sentenciante rechazó el pedido de quiebra y difirió el pronunciamiento sobre costas a las resultas del juicio individual que el actor habría de iniciar.
De lo expuesto se desprende que las presentaciones del demandado destinadas a obtener el rechazo de la acción fueron dos: en una,
opuso defensas, que fueron desestimadas con costas; y, en la otra, depositó a embargo, obteniendo en esta ocasión que se rechazara la quiebra y fuera diferida la decisión a adoptar en materia de costas.
Más allá de que, en estricto rigor técnico, es dudoso que el recurso concedido sea uno de aquellos susceptibles de recibir tratamiento diferido, lo que claramente debe diferirse acá es la decisión vinculada a esa condena accesoria, que podría depender de la suerte que corra el aludido juicio individual.
Así se decidió, como se vio, frente a aquella segunda presentación del demandado; y así podría corresponder decidir frente a las Fecha de firma: 04/04/2022 costas impuestas en aquella otra ocasión, como se comprueba a luz de la Alta en sistema: 06/04/2022
Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA
Firmado por: E.R.M., VOCAL LE PIDE LA QUIEBRA BEMIS ARGENTINA SAU Expediente N°
RIMAZU S.R.L. 1866/2020
Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA
evidencia de que, si el aquí demandante fuera vencido en aquel juicio, esa situación también...
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