Ya rige la emergencia, que se publicó con un veto parcial que afecta a las provincias

Se podría escribir la crónica del veto menos pensado. A media tarde, cuando la ley de emergencia se publicó en el Boletín Oficial, efectivamente apareció estampado un veto parcial. Pero el punto fue que el artículo que no entrará en vigor nada tiene que ver con lo que el presidente Alberto Fernández había dicho horas antes."[El diputado] Carlos Heller incluyó a empresas beneficiadas dentro de la moratoria. Son empresas más grandes de las que habíamos previsto: son empresas medianas", dijo el jefe del Estado por la mañana.Desde entonces, se especuló con que habría alguna diferenciación entre los beneficiados por los planes de pago de la moratoria impositiva que quedó incluida en que se publicó ayer.Pero, con la publicación, los dichos presidenciales no se confirmaron. "Posiblemente, la reglamentación contenga algunas precisiones como para saber cuáles son las empresas alcanzadas. No es necesario un veto para algo que se puede reglamentar", señaló una fuente oficial."El Poder Ejecutivo cuenta con las herramientas necesarias para garantizar la moratoria de las pequeñas y medianas empresas, excluyendo a las de mayor envergadura, por lo que no era necesario que fuera estipulado vía ley. Para poder acogerse a esta moratoria, la Secretaría Pyme otorga el certificado necesario para poder ser incluida", decían ayer en la Casa Rosada.Finalmente, hubo un solo veto en la ley de solidaridad y reactivación productiva. La norma quedó en vigor excepto en lo que tiene que ver con un párrafo del artículo 52. En ese texto se reglamenta , que la nueva norma fija en 8 por ciento.En el texto que sancionó el Congreso, las empresas productoras debían pagarles regalías a las provincias por el monto total del valor de crudo, es decir, precio total sin contar las retenciones.Pero, en realidad, la ley de hidrocarburos establece que las regalías se pagan sobre la base del monto neto que perciben los productores; es decir, luego de descontar el valor que retiene el Estado por derechos de exportación.Cuando el proyecto ingresó en la mesa de entradas del Congreso, se agregó en el artículo 52 del capítulo V que "en ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor boca de pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras". Era, al fin y al cabo...

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