Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 21 de Agosto de 2013, expediente A 72684

PresidenteSoria-Kogan-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución21 de Agosto de 2013
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A.72.684 "R.N.N.C./ FISCO DE LA PROVINCIA DE BS. AS. S/ LEGAJO DE APELACION. --RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY--"

La Plata, 21 de agosto de2013.

AUTOS Y VISTOS:

  1. La sra. N.N.R. inició una pretensión anulatoria de la Resolución N° 699708 dictada por el Instituto de Previsión Social, mediante la cual -con sustento en que la actora se hallaba separada de hecho del causante al momento de su fallecimiento- le denegó el beneficio de pensión solicitado y le formuló un cargo deudor. Asimismo peticionó como medida cautelar el pago provisorio del aludido beneficio desde el inicio de la presente demanda y hasta tanto se dicte sentencia en autos (fs. 26/52).

    El Juez de grado ordenó con carácter cautelar al Instituto demandado que abone mensualmente a la accionante el haber previsional de pensión en forma parcial, de la manera que lo venía percibiendo, ello hasta tanto se dicte pronunciamiento firme en estas actuaciones (fs. 179/181 vta.).

    Por su parte, la Cámara del fuero con asiento en La P. revocó dicha resolución (fs. 235/237).

    Frente a lo así decidido, la actora articuló recurso de inaplicabilidad de ley (fs. 241/257 vta.), el que fue concedido(fs. 259/260).

  2. Al respecto, cabe señalar que es doctrina reiterada de esta Corte que, en principio, las decisiones relativas a medidas cautelares -como la aquí resuelta- no revisten carácter definitivo en los términos del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial, aplicable al caso conforme lo...

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