Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 24 de Junio de 2015

Fecha de Resolución24 de Junio de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita371/15
Número de SAIJ15090165
Número de CUIJ21 - 510030 - 2

REZOLA, J.B.R. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD- EN AUTOS: REZOLA, J.B.R. s/ ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO CUYA APTITUD PARA EL DISPARO NO PUEDE TENERSE POR ACREDITADA Y POR SU CONDICION DE INTEGRANTE DE LA FUERZA POLICIAL EN CALIDAD DE COAUTOR s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 371/15 Nº Saij: 15090165 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 263 Pág. de inicio: 374 Pág. de fin: 379 Fecha del fallo: 24/06/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.R.F.G.E.G.S.T. > JUEZ > GARANTIA DE IMPARCIALIDAD Tesauro > CAMARA DE APELACION > FACULTADES > LIMITES Tesauro > AUTO DENEGATORIO DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONSTITUCIONAL - PROCESAL JUEZ. GARANTIA DE IMPARCIALIDAD. CAMARA DE APELACION. FACULTADES. LIMITES.

AUTO DENEGATORIO DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD No puede ser favorablemente aceptado el planteo de la defensa técnica del imputado quien alega la vulneración de la imparcialidad por ser la misma Cámara que dictó el fallo recurrido la que decide acerca de la admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad, pues la actividad de los Magistrados en el auto denegatorio consiste tan sólo en un examen de admisibilidad, limitándose los jueces a aplicar las disposiciones de la ley 7055, que ordena la interposición del remedio extraordinario ante el tribunal que dictó el pronunciamiento atacado y establece un primer juicio de admisibilidad de aquél, sin perjuicio del criterio que pueda seguir la Corte sobre el particular posteriormente.Y la impugnante no ha invocado la inconstitucionalidad de la normativa aplicada, ni tampoco ha logrado demostrar que el precedente del máximo Tribunal de la Nación -"L."- que cita en sustento de su postura resulte aplicable al caso, toda vez que aquí no estamos en presencia de una intervención sucesiva de los mismos jueces en diferentes etapas e instancias del procedimiento penal que comprometa la garantía de imparcialidad en su faz objetiva.CITAS: CSJStaFe: AyS.

Texto del fallo Reg.: A y S t 263 p 374/379.

Santa Fe, 24 de junio del año 2.015.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de J.B.R.R. contra el acuerdo 196, del 17 de junio de 2014, dictado por la Sala Tercera -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe, en autos caratulados "RÉZOLA, J.B.R. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (EXPTE. 346/14) EN AUTOS 'RÉZOLA, J.B.R.S./ ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO CUYA APTITUD PARA EL DISPARO NO PUEDE TENERSE POR ACREDITADA Y POR SU CONDICIÓN DE INTEGRANTE DE LA FUERZA POLICIAL EN CALIDAD DE COAUTOR'- (EXPTE.

91/12)" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00510030-2); y, CONSIDERANDO:

  1. Por decisión 196 del 17 de junio de 2014, la Sala Tercera -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe confirmó lo resuelto por el Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Penal de Sentencia N° 3 de esta ciudad -quien, a su turno y en lo que aquí es de interés, había condenado a J.B.R.R. a la pena de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo como autor penalmente responsable del delito de robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada y por su condición de integrante de la fuerza policial en calidad de coautor- (fs.

    14/17v.).

  2. Contra tal resolución, la defensa del imputado interpone recurso de inconstitucionalidad (fs...

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