Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 10 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita642/15
Número de SAIJ15090368
Número de CUIJ21 - 510282 - 8

REYNOSO, C.E. c/ CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE -COBRO DE PESOS LABORAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 642/15 Nº Saij: 15090368 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 266 Pág. de inicio: 046 Pág. de fin: 049 Fecha del fallo: 10/11/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces R.H.F.R.F.G.M.L.N.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > LEY > INCONSTITUCIONALIDAD > DECLARACION Tesauro > LEY > CONSTITUCIONALIDAD > DECLARACION DE OFICIO T. > DERECHO LABORAL > DESPIDO INJUSTIFICADO > DOBLE INDEMNIZACION T. > DERECHO LABORAL > INDEMNIZACION POR DESPIDO T. > PRUEBA DEL DAÑO Tesauro > JUBILACION CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA.DERECHO LABORAL. INDEMNIZACION. LEY.

INCONSTITUCIONALIDAD. DECLARACION DE OFICIO No obstante los diversos vicios de arbitrariedad imputados al pronunciamiento impugnado, los mismos sólo denotan el mero disenso del compareciente con la Cámara por desestimar los rubros indemnizatorios reclamados ante quien fuera su empleadora y declarar de oficio la inconstitucionalidad de la norma que los contempla, pues la Alzada reconoce el control difuso de constitucionalidad que cada juez debe efectuar, puntualizando que el inferior declaró la inconstitucionalidad de la normativa en juego por falta de razonabilidad entre la situación de irregularidad registral y la indemnización correspondiente, a la vez que sostiene que el trabajador aún tendría un derecho constitucional a ser indemnizado por el daño sufrido dada la situación de clandestinidad laboral que existió al comienzo del vínculo, agregando que en autos la jubilación del actor -no discutida en la litis- demuestra la ausencia de daño previsional, por lo que no devenga indemnización. - REFERENCIAS NORMATIVAS: Ley 25323, arttículo 1.

T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > QUEJA > INADMISIBILIDAD Tesauro > DERECHO LABORAL > EMPLEO NO REGISTRADO > DOBLE INDEMNIZACION T. > DERECHO LABORAL > INDEMNIZACION Tesauro > DERECHO LABORAL > RELACION LABORAL > REGISTRACION CONSTITUCIONAL - LABORAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. QUEJA. INADMISIBILIDAD. DERECHO LABORAL.

INDEMNIZACION. RELACION LABORAL. REGISTRACION. DOBLE INDEMNIZACION.

El artículo 1 de la ley 25323 evidencia que el legislador ha sido preciso al describir las condiciones que tornan procedente la aplicación de la sanción de duplicación de las indemnizaciones legales (concurrencia de despido y existencia de una relación no registrada o registrada de modo deficiente) y en el sub examine ha quedado demostrado que la situación laboral del recurrente transcurrió con la adecuada registración, por lo que no cabe la indemnización peticionada; y tampoco traspasa la simple queja el planteo atinente a que la demandada no fue recargada con lo establecido por el artículo 2, quedando reducida la misma a mera disconformidad para con lo resuelto por la Alzada, quien al igual que el...

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