Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA B - CAMARA EN LO COMERCIAL, 18 de Marzo de 2014, expediente 50998.2005

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2014
EmisorSALA B - CAMARA EN LO COMERCIAL

En Buenos Aires, a los 18 días del mes de marzo de dos mil catorce, reunidas las señoras juezas de Cámara en la Sala de Acuerdos, fueron traídos para conocer los autos seguidos por “REYES M.J. CONTRA INVERSORA YAGORAL S.A. Y OTROS S. ORDINARIO” (Expte. N.. 50.998/05), en los que al practicarse la desinsaculación que ordena el art. 268 del Código Procesal, resultó que debían votar en el siguiente orden:

D.M.L.G.A. de D.C., Ana

  1. Piaggi y M.E.B..

    Estudiados los autos la Cámara planteó la siguiente cuestión a resolver:

    ¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada?

    La señora Juez de Cámara Doctora M.L.G.A. de D.C. dijo:

  2. La causa.

    (a) A fs. 10/21 'M.J.R.' promovió demanda contra 'Inversora Yagoral S.A.'; 'G.P.S.A.' y 'O.G.K.'

    en procura del cobro de “… $ 355.000 (pesos trescientos cincuenta y cinco mil) o lo que en definitiva surja … para volver atrás las cosas antes de la subasta en el juicio ejecutivo, con más las costas y costos que se regulen oportunamente a los letrados de la parte demandada y a los letrados de Inversora Yagoral SA en los autos caratulados “Inversora Yagoral SA c. R.M.J. s.

    ejecutivo” … con más los intereses, costas y costos, y además debiéndose tener en consideración los daños y perjuicios que ocasionó a mi mandante … la acción ejecutiva …”.

    Expuso que tenía un comercio dedicado a la compraventa de motocicletas y cuatriciclos; que habitualmente adquiría estos vehículos a 'Green Port SA'; que en 1995 en garantía de cierta operación fue entregado el pagaré que sirvió de fundamento para la tramitación del expediente ejecutivo referenciado; que el monto del cartular fue cancelado el 15-08-95 con intervención de la vicepresidente, apoderada general, cónyuge de 'K.' y accionista en un cincuenta por ciento de 'Green Port SA' –Sra.

    S.A.- y; que no obstante haber abonado la suma correspondiente, el pagaré no le fue restituido, entregándosele en su lugar un recibo cancelatorio de la obligación.

    Agregó que no obstante haber realizado el pago, el presidente de 'Green Port SA' – Sr. O.G.K.- fraudulentamente endosó dicho pagaré a favor de 'Inversora Yagoral SA' quien promovió pleito en su contra, para concluir que aquella ejecución no sólo carecía de causa al haber su parte cancelado la obligación, sino que también le ocasionó daños de importancia.

    Luego de referir acerca de las vinculaciones existentes entre los defendidos y demás empresas a las que aludió, añadió que fue promovida la querella rotulada “G.K.O. s.

    defraudación por retención indebida”, en trámite por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nro. 23, Secretaría Nro.158.

    Fundó su pretensión en derecho y ofreció prueba de sus dichos.

    A fs. 36/40 fue ampliado el monto indemnizatorio pretendido de la siguiente manera: (i) pesos trescientos treinta y cinco mil ($

    335.000) en concepto de daño emergente; (ii) daño moral por la suma de pesos cien mil ($ 100.000); (iii) daño psicológico, terapia y psicofármacos por pesos setenta y ocho mil cuarenta ($ 78.040), (iv) pesos veinte mil ($ 20.000) por gastos causídicos y, (v) pesos un mil quinientos ($ 1.500) en concepto de tasa de justicia.

    (b) A fs. 87/93 la representación letrada de 'Inversora Yagoral S.A.'

    se presentó al proceso, contestó la demanda instaurada en su contra y solicitó su total rechazo con expresa imposición de costas.

    Luego del desconocimiento de los extremos invocados en el escrito inaugural del pleito, brindó su versión de lo acontecido, destacando que en enero de 1996 otorgó un préstamo de dinero con garantía real al Sr. 'K.D.K.' –progenitor del demandado-; que a mediados de 1997 le fueron encomendadas las gestiones pertinentes para regularizar el cobro de la deuda hipotecaria; que luego de diversas negociaciones realizadas con 'O.G.K.', éste le ofreció la entrega de tres pagarés que la firma 'Green Port SA' –de la cual era presidente- tenía en su poder y; que a mediados de 1998 fue instruido para llevar a cabo del recupero del crédito contra el accionante.

    Invocó que 'R.' pretendió probar en el proceso ejecutivo un supuesto pago que habría realizado mediante la presentación de un recibo extendido por la Sra. S.A. (cónyuge de 'Kassab' y vicepresidente y apoderada de 'Green Port SA'), quien para entonces no sólo padecía de una enfermedad psiquiátrica, sino que también tenía una relación personal con el demandante.

    Ofreció prueba.

    (c) A fs. 130/3 'O.G.K.' se presentó en autos, resistió

    la pretensión y solicitó su desestimación con imposición de costas.

    Su versión refirió a que en 1996 'Inversora Yagoral SA' otorgó un préstamo de dinero con garantía...

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