Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 2 de Septiembre de 2010, expediente 60.725

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2010

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INCIDENTE DE APELACIÓN INTERPUESTA POR EDUARnO

RETTES EN SU CARÁCTER DE GERENTE DE LABORATORIO

QuíMICO COSMÉTICO RETTES S.R.L. CONTRA LA RESOLUCIÓN

DE FS. 165/169 CAUSA N° 11.296/2003 CARATULADA:

"LABORA TORIO QUÍMICO RETTES S.R.L., PEDICONI, NILUA

YOLANDA SIEJECUCIÓN FISCAL"

Causa N° 60.725, po 324, orden N° 26.764 - Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 3, Secretaría N° 5 - Sala "A"

ao Illnos Aires, 2.. de septiembre de 2010.

VISTOS:

.J El recurso de apelación interpuesto por el socio gerente de la firma -

~

()

Laboratorio Químico Cosmético Rettes S.R.L. contra la resolución del señor juez -

u.

a qua que no le hizo lugar a los planteos de caducidad de instancia y excepción O de prescripción de la pena de multa que planteara en un trámite de ejecución fiscal.

O

(f)

y CONSIDERANDO:

J

Que conforme lo establecido por el artículo 317 del Código Procesal Civil y Comercial, la resolución del juez por la que no hace lugar a la solicitud de caducidad de instancia no es apelable.

Que, de todas maneras y en cuanto a la excepción de prescripciÓn,

tanto la iniciación del trámite de la ejecución fiscal de la multa aplicada, como las intimaciones de pago, mediante mandamientos expedidos por el juez, aún no habiendo sido efectivizadas, constituyen las diligencias adecuadas al cumplimiento de la pena impuesta y, por ende, actos con entidad interruptiva del curso de la prescripción.

Que...

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