Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 18 de Abril de 2023, expediente CNT 096219/2016/CA001

Fecha de Resolución18 de Abril de 2023
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA IV

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 69.458

CAUSA Nº 96219/2016/CA1 CA1 SALA IV “RETAMOSO SILVANA

BEATRIZ C/ FMA SERVICIOS S.A. Y OTROS” JUZGADO Nº 10.

Buenos Aires, 18 de abril de 2023

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Que, en atención a los términos en que las partes arribaron a una solución conciliatoria mediante sendos escritos de igual tenor incorporados obrantes en autos a fs. digitales 411/413, se considera que se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes en los términos del art. 15 de la ley de contrato de trabajo.

Que, en tales condiciones corresponde homologar el acuerdo celebrado (cfr. Art. 69 L.O. y 309 CPCCN), declarar las costas de dicho juicio en la forma convenida y eximir a la demandada del pago de la tasa de justicia, dada la forma en que fue resuelto el litigio (art. 42 L.O).

Que, cabe tener presente lo acordado por las partes en orden a los gastos causídicos derivados del proceso y, a sus efectos, el reconocimiento de honorarios a la representación y patrocinio letrado de la parte actora (art. 279 CPCCN), que serán soportados por la demandada.

Que, cabe tener presente el desistimiento de la parte actora respecto de la obligación de hacer entrega de los certificados art. 80.

Agréguese la presentación incorporada al sistema Lex 100

Acuerdo de Pago de honorarios perito contador Desiste Apelación

. En consecuencia, téngase presente el acuerdo de pago denunciado entre “FMA Servicios S.A.” y el Sr. perito contador a sus efectos. Asimismo,

téngase a dicho experto por desistido del recurso de apelación oportunamente deducido.

Por lo expresado, el TRIBUNAL

RESUELVE:

1) Homologar el acuerdo de autos. 2) Estar a lo convenido por las partes sobre costas y Fecha de firma: 18/04/2023

Alta en sistema: 19/04/2023

Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.A.F., PROSECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: M.P.D.S., JUEZ DE CAMARA

honorarios. 3) Eximir a las demandadas del pago de la tasa de justicia.

4) Téngase presente el acuerdo de pago incorporado y por desistido el perito contador del recurso de apelación incoado. 5) Tener presente el desistimiento de la parte actora respecto de la obligación de hacer entrega de los certificados art. 80. 6) Tener presente lo demás manifestado por las partes.

C., regístrese, notifíquese y oportunamente remítanse las actuaciones al Juzgado de origen.

MANUEL P. DIEZ...

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