Resoluciones, Tribunal de Cuentas, Año 2018 Res. N° 250 a 258, 260, 261, 263 a 265, 271 a 276

Fecha de publicación05 Diciembre 2018
SecciónSumário
Número de Gaceta13064
BOLETIN OFICIAL PAGINA 5
Miércoles 5 de Diciembre de 2018
institucional www.juschubut.gov.ar estará publicado
el temario general de las pruebas de oposición teórica
escrita y oral. El jurado dará a conocer fecha, lugar y
hora de las mismas.
8°) Como complemento de la oposición escrita y
oral se efectivizará una entrevista personal y evalua-
ción al fin de obtener un conocimiento más acabado del
postulante en relación al perfil de competencias labora-
les y de gestión que se persigue para el cargo, con la
intervención de aquellos especialistas o peritos que se
considere convocar.
9°) A través de la Subdirección de Recursos Huma-
nos requerir la difusión del presente concurso, en
Intranet - Novedades, en la página Web y solicitar a
Dirección de Prensa la publicación en los medios co-
rrespondientes.
10°) Refrenda la presente el Director de Adminis-
tración.
11°) Comunicar a la Honorable Legislatura de la Pro-
vincia, en los términos del Art. 3°) del Acuerdo Plenario
N° 4629/18.
12°) Regístrese, notifíquese a los Sres. integrantes
del jurado designado, publíquese en los términos del
Art. 4°) de la presente y archívese.
Dr. Héctor Mario CAPRARO
Administrador General
Cr. Mariano PARDINI
Director de Administración
Superior Tribunal de Justicia
I: 05-12-18 V: 07-12-18
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCION DEL TRIBUNAL NÚMERO 250/18
Rawson (Chubut), 28 de mayo de 2018
VISTO: El Expediente 36446, año 2017, caratulado:
«MUNICIPALIDAD DE ESQUEL- S/Rendición de Cuentas
Ejercicio 2017; y
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 263/18
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 eleva las observa-
ciones surgidas de la Primera Auditoria del Ejercicio
2017 de la Municipalidad de Esquel.
Que mediante Informe Nº 297/18 la Relatora a car-
go de Fiscalía Nº 3 rectifica los responsables del Orga-
nismo.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a
este Organismo a emplazar al obligado a contestar las
objeciones formuladas.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma
legal determina que el Tribunal dictará resolución
interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y decla-
rando libre de cargo al responsable, o bien determinan-
do las partidas ilegítimas no aceptadas o no comproba-
das y ordenando se proceda a la cobranza, con los
alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo ante-
rior, el incumplimiento de la presente resolución dará
lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º
incisos m) y n) y 18 inc. c) según corresponda, de la
citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de
este Organismo, resultan responsables de la contesta-
ción: Intendente: Arq. Sergio ONGARATO, Ex – Secre-
tario de Hacienda: Cr. Yago BEATOVE (Hasta el 01/11/
2017), Secretario de Hacienda: Cr. Matías Federico
TACCETTA (Desde 02/11/2017) y A/C Tesorería: Sra.
Viviana G. GONZALEZ.
Que el Vocal Cr. Sergio Camiña desconoce lo deci-
dido por
Acta Nº 10/17, por los firmantes de la misma.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Muni-
cipalidad de Esquel: Intendente: Arq. Sergio ONGARATO,
Ex – Secretario de Hacienda: Cr. Yago BEATOVE (Has-
ta el 01/11/2017), Secretario de Hacienda: Cr. Matías
Federico TACCETTA (Desde 02/11/2017) y A/C Tesore-
ría: Sra. Viviana G. GONZALEZ, a dar respuesta al In-
forme N° 263/18 F.3, dentro del término de quince (15)
días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proce-
der a la aprobación de las cuentas rendidas en forma
correcta y formular cargo por el total de las rendidas en
forma deficiente (Art. 40 de la Ley Nº V-71), sin perjui-
cio de la aplicación de las sanciones que pudieran
corresponder conforme los artículos 17º incisos m) y
n) y 18º inc. c) de la Ley Nº V-71, según corresponda.
Segundo: Regístrese y notifíquese a los respon-
sables con copia de la presente y del Informe N° 263/
18 F3.
Pte. Dra. Lorena CORIA
Voc. Cr. Sergio CAMIÑA
Voc. Dr. Tomás Antonio MAZA
Voc. Cr. Sergio SÁNCHEZ CALOT
Sec. Dra. Irma BAEZA MORALES
RESOLUCION DEL TRIBUNAL NÚMERO 251/18
Rawson (Chubut), 31 de mayo de 2018.-
VISTO: El Expediente Nº 36156/2016, caratulado:
«MINISTERIO DE ECONOMIA Y CREDITO PUBLICO S/REN-
DICION DE CUENTAS EJERCICIO 2016»;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 171/18
el Relator a cargo de Fiscalía Nº 2 eleva las actuaciones
referidas a la puesta a disposición de la Rendición de
cuentas anual correspondiente a la Deuda de Tesorería
del Ejercicio 2016 pagada en 2017 -Fuentes de
Financiamiento 111 y 336- del Ministerio de Economía y
Crédito Público;
Que el artículo 18º inc. c) de la Ley Nº V-71, declara
como atribución de este Tribunal, requerir con carácter
conminatorio la rendición de cuentas y fijar plazos pe-
rentorios de presentación a los que teniendo la obliga-
ción de hacerlo fueran remisos o morosos;
Que el artículo 27º de la citada normativa, determina
quienes serán los responsables de poner a disposición
del Tribunal de Cuentas mensualmente las rendiciones
debidamente documentadas;
Que la reglamentación de la ley, establece que las

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