Resoluciones, Tribunal de Cuentas, Año 2021 Res. N° 02 a 05, 07 a 09

Fecha de publicación10 Mayo 2021
SecciónSección Oficial
Número de Gaceta13272
BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 3
Lunes 10 de Mayo de 2021
Artículo 4°.- Comuníquese a la Comisión de
Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
(Ver Anexos en el Original en la Dirección General
de Registros)
Dto. N° 298 03-05-21
Artículo 1°.- Designar al Señor Favio Rafael
CAMBARERI (D.N.I. N° 25.011.428), para representar a
la Provincia del Chubut, como accionista de la empresa
TRANSACUE S.A., en la Asamblea General Ordinaria a
realizarse el día 04 de mayo del corriente, a las 11:00
horas, en la sede social sita en Hipólito Irigoyen Nro.
555 de la Ciudad de Comodoro Rivadavia.-
Artículo 2°.- La representación asignada por el
artículo precedente tendrá los alcances previstos en
el Estatuto Social de la empresa TRANSACUE S.A. y
se tendrá por cumplido lo indicado en la Manda que a
tal efecto expida, con la presentación de copia
certificada del Acta de Asamblea respectiva.-
Artículo 3°.- Por Escribanía General de Gobierno
extiéndase el respectivo poder en los términos
consignados en el presente Decreto.-
Dto. N° 299 03-05-21
Artículo 1°: AUTORIZASE a la Dirección de
Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio
de la Deuda a librar a favor del Instituto de Seguridad
Social y Seguros la suma de PESOS TRESCIENTOS
SETENTA Y DOS MILLONES ($ 372.000.000) destinados
a ser imputados como pago a cuenta de déficit futuros
no devengados para los meses de Julio a Septiembre
de 2021, en concepto de los Regímenes Previsionales
Deficitarios: 1) Déficit Policial: Ley XVIII N° 32 art. 110°,
2) Ex Constituyentes: Ley XVIII N° 32 Art. 54° inc. d), 3)
Docentes Transferidos: Ley XVIII N° 39 Art. 4°, 4) Amas
de Casa: Ley XVIII N° 20 Art. 16° y 5) Contribuciones
Patronal Policía: Ley XVIII N° 32 art. 71°.
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento
del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción
91, SAF 91, Programa 94: Aportes a Instituciones
Públicas, Actividad 5 Transferencia a Instituciones de
la Seguridad Social, I.P.P. 5.7.4, Fuente de Financiamiento
1.11, ejercicio 2021.
RESOLUCIONES
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 02/21
Rawson (Chubut), 26 de febrero de 2021
VISTO: El Expediente Nº 39.740, año 2020,
caratulado: «FONDO ESPECIAL NARCOLEMIA RAWSON
- S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2020;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 001/21
F.3 la Sub-Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta
que el responsable del Fondo Narcolemia no ha presen-
tado las rendiciones de cuentas correspondientes al pe-
ríodo Enero a Noviembre de 2020.
Que por Acuerdos Nros. 408/00 y 220/96 dictados por
este Tribunal se aprueban normas para la presentación de las
Rendiciones de Cuentas cuyo incumplimiento dará lugar a la
aplicación de las multas establecidas por los artículos 17º inc.
m) y n) y 18º inc. c) de la Ley Nº V-71, según corresponda.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3
resulta responsable: Director General de Seguridad
Ciudadana y Tránsito: Sr. José Miguel MORALES BAEZA
de la presentación de las rendiciones de cuentas
correspondientes al período Enero a Noviembre de 2020.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar al responsable del Fondo Narcolemia
de la Municipalidad de RAWSON: Director General de Se-
guridad Ciudadana y Tránsito Sr. José Miguel MORALES
BAEZA a presentar las rendiciones de cuentas corres-
pondientes al período Enero a Noviembre de 2020 dentro
del término de quince (15) días, que al efecto se fija bajo
apercibimiento de proceder conforme los artículos 17º inc.
m) y n) y 18º inc. c) de la Ley Nº V-71, según corresponda.
Segundo: Regístrese y notifíquese hágase saber a
Fiscalía Nº 3 y cúmplase.
Pte. Dr. Martin MEZA
Voc. Cr. Sergio CAMIÑA
Voc. Cr. Antonio CIMADEVILLA
Voc. Cra. Liliana UNDERWOOD
Voc. Dr. Tomás Antonio MAZA
Ante Mi: Dra. Irma BAEZA MORALES
RESOLUCION DEL TRIBUNAL N° 03/21.-
Rawson (Chubut), 26 de Febrero de 2021.
VISTO: El Expediente N° 37848, año 2018,
caratulado: «COMUNA RURAL PASO DEL SAPO 2018»
– S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2018;
CONSIDERANDO: Que mediante Nota N° 16/20 la
Contadora a cargo de la Fiscalía N° 12 eleva las
observaciones surgidas de la revisión de los meses de
enero a diciembre del Ejercicio 2018 de la Comuna Rural
Paso de Sapo.
Que el artículo 35° de la Ley N° V-71, autoriza a este
Organismo a emplazar al obligado a contestar las
objeciones formuladas.
Que asimismo el artículo 40° de la citada norma legal
determina que el Tribunal dictará Resolución interlocutoria
o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de
cargo al responsable, o bien determinando las partidas
ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando
se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal
virtud se declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior,
el incumplimiento de la presente Resolución dará lugar a
multas prescriptas por los artículos 17° incisos m) y n) y
18° inciso c), según corresponda, de la citada Ley.
Que resultan responsables de la contestación:
Presidente: Sr. Victor David CANDIA; Tesorero: Sr. Pa-
tricio DIAZ.

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