Resoluciones, Subsecretaría de Trabajo, Año 2005 Res. Nº 04

Fecha de publicación08 Febrero 2005
Tipo de documentoRESOLUCIONES
Número de Gaceta9678
SecciónSección Oficial
Martes 8 de Febrero de 2005
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 2
Sección Oficial
RESOLUCIONES
AÑO 2005
SUBSECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 04/05.
Rawson, 03 de Enero de 2.005.-
VISTO:
EL expediente Nº 002-04-S.S.T., caratulado «Fede-
ración Única de Viajantes de la Argentina (F.U.V.A.) y
Sindicato de Viajantes y Vendedores de Industria, Co-
mercio y Actividades Afines de la Patagonia
(S.V.V.I.C.A.A.P.) s/ Solicita Homologación de Conve-
nio»; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 37/45 se presenta el Sr. Juan Carlos FITA,
en su carácter de Secretario General del Sindicato de
Viajantes y Vendedores de Industria, Comercio y Acti-
vidades Afines de la Patagonia y Secretario General
Adjunto de la Federación Única de Viajantes de la Ar-
gentina, interponiendo recurso de reconsideración con
jerárquico en subsidio, contra la Resolución Nº 49/04,
dictada por esta Subsecretaría de Trabajo.-
Que en toda presentación recursiva, primeramente
se deben analizar las cuestiones formales, para des-
pués entrar a analizar la cuestión de fondo planteada.-
Que en tal sentido, la Ley Nº 920 tipifica en su Ca-
pítulo II (Arts. 106 y 108), el término dentro del cual se
deberán interponer los recursos administrativos plan-
teados.-
Que a fs. 32 obra agregada cédula librada a la en-
tidad Sindical de primer grado, mediante la cual se noti-
fica en fecha 28 de septiembre de 2.004, la Resolución
atacada;
Que atento el domicilio denunciado por la Federa-
ción Única de Viajantes de la Argentina (F.U.V.A.), se
procedió a notificar a la misma mediante pieza postal, la
que fue recepcionada el día 04 de Octubre de 2.004,
según constancias de fs. 48.-
Que sendos planteos recursivos fueron presenta-
dos en este Organismo Laboral el día 22 de Noviembre
de 2.004, según constancias de fs. 37; resultando ma-
nifiestamente extemporáneos.-
POR ELLO El Subsecretario de Trabajo
RESUELVE:
ARTICULO 1º: RECHAZAR por extemporáneo el
recurso de reconsideración interpuesto.-
ARTICULO 2º: DECLARAR inadmisible por extem-
poráneo el recurso jerárquico planteado en forma sub-
sidiaria.-
ARTICULO 3º: REGISTRESE, notifíquese, comuní-
quese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
JERÓNIMO JUAN JESÚS GARCIA
Subsecretario de Trabajo
Provincia del Chubut
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 06/05.
Rawson, 01 de febrero de 2005.
VISTO:
El artículo 42º del Código Fiscal y la Resolución Nº
352/02 MH, y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 42º del Código Fiscal (t.o.2001) es-
tablece que mediante Resolución del Ministerio de Eco-
nomía y Crédito Público se fijará el interés mensual pro-
porcional calculado sobre la tasa nominal anual pasiva
del Banco de la Nación Argentina para operaciones en
pesos a aplicarse a los Planes de Facilidades de Pago
que otorgue la Dirección General de Rentas;
Que en virtud de la facultad otorgada según lo ex-
presado en el párrafo precedente, el Ministerio de Eco-
nomía y Crédito Público emitió la Resolución menciona-
da en el Visto fijando la tasa de interés mensual a apli-
carse en los Planes de Facilidades de Pagos otorgados
por esta Dirección General de Rentas sobre la base del
promedio simple de las tasas nominales anuales pasi-
vas informadas mensualmente por el Banco de la Na-
ción Argentina, calculándose los planes de pago me-
diante el sistema de amortización francés;
Que el artículo 3º de la misma resolución autoriza a
la Dirección General de Rentas a establecer mensual-
mente la tasa resultante;
Que atento a lo informado por el Banco de la Nación
Argentina para el mes de Febrero del 2005 las tasas
nominales pasivas para depósitos a plazo fijo para 90,
120 y 180 días han sido 2,50 %, 2,75 % y 3,00 %
respectivamente;
Que del promedio de las mismas resulta una tasa de
interés mensual a aplicarse a los Planes de Facilidades
de Pago a otorgarse por esta Dirección General del
0,23 %;
Que corresponde dictar el instrumento legal perti-
nente;
POR ELLO:
La Dirección General de Rentas de
la Provincia del Chubut
RESUELVE:
Artículo 1º: ESTABLECER que la Tasa de Interés
Mensual a aplicar en los Planes de Facilidades de Pa-
gos otorgados por la Dirección General de Rentas será
del 0,23 % mensual.

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