Resoluciones Sintetizadas, Ministerio de Desarrollo Territorial y Sectores Productivos, Año 2015 Res. Nº 428 a 460
Fecha de publicación | 14 Septiembre 2015 |
Tipo de documento | RESOLUCIONES SINTETIZADAS |
Número de Gaceta | 12278 |
Sección | Sección Oficial |
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 6 Lunes 14 de Septiembre de 2015
por el Dr. Daniel Gómez Lozano en representación de
los abogados de la matrícula (circunscripción Judicial
de Puerto Madryn); las Dras. Gladys Mabel Del Balzo y
Silvia Noemí Alonso, en representación de los Magis-
trados y Funcionarios (circunscripciones Judiciales de
Trelew y Comodoro Rivadavia respectivamente) y el
Sr. Gastón Alcucero, en representación de los Emplea-
dos Judiciales y sus respectivos suplentes.
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo dispuesto por el art. 3º, apartado
1º de la Ley V Nº 70, corresponde que en el presente
caso este Superior Tribunal de Justicia convoque a elec-
ciones de reemplazantes de los consejeros arriba men-
cionados, conforme el juego armónico de los arts. 187,
188 y 191 de la Constitución Provincial y arts. 1º, 2º
(apartados 1 y 3) y 3º (apartado 1) de la Ley V Nº 70.
Por ello la Superintendencia del Superior Tribunal
de Justicia:
RESUELVE:
1º) CONVOCAR para el día 14 de octubre de 2015
a elecciones de candidatos a integrar el Consejo de la
Magistratura de la Provincia del Chubut:
a)UN (1) representante titular y UN (1) represen-
tante suplente de los Magistrados y Funcionarios de la
circunscripción Judicial COMODORO RIVADAVIA.
b)UN (1) representante titular y UN (1) represen-
tante suplente de los Empleados Judiciales.
c)UN (1) representante titular y UN (1) represen-
tante suplente de los Abogados de la Matrícula circuns-
cripción Judicial PUERTO MADRYN.
d)UN (1) representante titular y UN (1) represen-
tante suplente de los Magistrados y Funcionarios cir-
cunscripción Judicial TRELEW.
2º) REGÍSTRESE, comuníquese y publíquese en el
Boletín Oficial de la Provincia, en cuatro (4) periódicos
de la Provincia por el término de tres (3) días y en la
página Web del Poder Judicial de la Provincia del Chubut.
DANIEL A. REBAGLIATI RUSSELL
ALEJANDRO JAVIER PANIZZI
I.: 14-09-15 V.: 16-09-15
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y
SECTORES PRODUCTIVOS
Res. N° 428 25-08-15
Artículo 1º: OTORGAR a la empresa AGROPEZ S.A.,
el permiso precario provincial de pesca, para operar
con el B/P: ROSARIO G M.I.: 0549 en el ejercicio 2015 y
hasta el 22 de Julio de 2016.
Artículo 2º: EL presente permiso de pesca autoriza
LA CAPTURA DE TODAS LAS ESPECIES, rigiendo solo
para aquellas especies que no han sido sometidas al
Régimen de Administración mediante Cuotas Individua-
les Transferibles de Captura (CITC) (merluza común,
merluza de cola, merluza negra y polaca), cuya captura
se administrara por el Régimen General de CITC y los
regímenes específicos por especie aprobados por el
CFP, encontrándose sujeto a las restricciones que pu-
diera disponer la autoridad pertinente de acuerdo con
las condiciones de sustentabilidad del recurso, en el
marco de la Ley 24922, Régimen Federal de Pesca y
sus normativas reglamentarias y concordantes. De-
biendo desembarcar el total de las capturas en puertos
situados en la Provincia del Chubut, en un todo de
acuerdo con lo establecido en la Ley IX N° 75 (antes
Ley N° 5639), Artículos 38° y 39°.
Artículo 3°: LA inobservancia por parte del permisionario
de la legislación vigente en materia de pesca será sancio-
nada conforme lo establece la ley, pudiendo llegar a la revo-
cación y/o suspensión del presente acto.
Res. N° 429 25-08-15
Artículo 1º: OTORGAR a la empresa CONTINENTAL
ARMADORES DE PESCA S.A. (CONARPESA), el permi-
so precario provincial de pesca, para operar con el B/P:
ALVAREZ ENTRENA I M.I: 02454 en el ejercicio 2015 y
hasta el 22 de Julio de 2016.
Artículo 2º: EL presente permiso de pesca autoriza
únicamente LA CAPTURA DE LANGOSTINO, encontrán-
dose sujeto a las restricciones que pudiera disponer la
autoridad pertinente de acuerdo con las condiciones de
sustentabilidad del recurso, en el marco de la Ley 24922,
Régimen Federal de Pesca y sus normativas reglamen-
tarias concordantes. Debiendo desembarcar el total de
las capturas en puertos situados en la Provincia del
Chubut, en un todo de acuerdo con lo establecido en la
Ley IX N° 75 (antes Ley N° 5639), Artículos 38° y 39°.
Artículo 3°: LA inobservancia por parte del permisionario
de la legislación vigente en materia de pesca será sancio-
nada conforme lo establece la ley, pudiendo llegar a la revo-
cación y/o suspensión del presente acto.
Res. N° 430 25-08-15
Artículo 1º: OTORGAR a la empresa CONTINENTAL
ARMADORES DE PESCA S.A. (CONARPESA), el permi-
so precario provincial de pesca, para operar con el B/P:
ALVAREZ ENTRENA II M.I.: 02465 en el ejercicio 2015 y
hasta el 22 de Julio de 2016.
Artículo 2º: EL presente permiso de pesca autoriza
únicamente LA CAPTURA DE LANGOSTINO, encontrán-
dose sujeto a las restricciones que pudiera disponer la
autoridad pertinente de acuerdo con las condiciones de
sustentabilidad del recurso, en el marco de la Ley 24922,
Régimen Federal de Pesca y sus normativas reglamen-
tarias y concordantes. Debiendo desembarcar el total
de las capturas en puertos situados en la Provincia del
Chubut, en un todo de acuerdo con lo establecido en la
Ley IX N° 75 (antes Ley N° 5639), Artículos 38° y 39°.
Artículo 3°: LA inobservancia por parte del
permisionario de la legislación vigente en materia de
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba