RESOLUCIONES 815 / 2020 MINISTERIO DE ECONOMIA de 19 de Octubre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor22 de Octubre de 2020
Fecha de la disposición19 de Octubre de 2020
Número de Boletín29842
Fecha de Publicación21 de Octubre de 2020
Número de documento79036

MINISTERIO DE ECONOMIA. RESOLUCIÓN N° 815/ME, del 19/10/2020. EXPEDIENTE N° 9555/377/2020

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Dirección General de Catastro solicita arbitrar los medios necesarios a fin de que se faculte a la citada Dirección a conceder a los contribuyentes y/o responsables, facilidades de pago para la cancelación de las deudas en concepto de multas determinadas conforme al artículo 84 del Código Tributario Provincial, y

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto N° 1817/3(ME) de fecha 05/10/2020 se faculta al Ministerio de Economía a dictar las normas necesarias para establecer Planes de Facilidades de Pago para la cancelación – mediante pagos parciales – de las deudas en concepto de multas determinadas conforme al Artículo 84 del Código Tributario Provincial – Ley 5121.

Que a los fines de tomar operativo el citado instrumento legal, el departamento Sumarios y Multas de la Dirección General de Catastro adjunta a fojas 26/29 el correspondiente proyecto de instrumento legal que fija los plazos, el interés aplicable, garantías, causas y efectos de la caducidad, solicitando además el facultamiento para dictar normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias necesarias.

Por ello, en atento a las disposiciones del Decreto N° 1817/3(ME) y en mérito al Dictamen Legal emitido por la Dirección de Asistencia Técnica General obrante a fs. 32,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTICULO 1° Establecer un régimen de facilidades de pago para la cancelación de las deudas en concepto de multas determinadas conforme al Artículo 84 del Código Tributario Provincial – Ley 5121, de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo que forma parte de la presente Resolución quedando el mismo aprobado.
ARTICULO 2°

Facultar a la Dirección General de Catastro de la Provincia para dictar todas las normas reglamentarias, aclaratorias y/o complementarias que considere necesitarías a los fines de la aplicación del régimen establecido en la presente resolución ministerial. En especial queda facultada para establecer- a los efectos del otorgamiento de los planes de facilidades de pago- los...

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