RESOLUCIONES 737 / 2017 ERSEPT de 12 de Septiembre de 2017

Fecha de Entrada en Vigor14 de Septiembre de 2017
Fecha de la disposición12 de Septiembre de 2017
Número de Boletín29085
Fecha de Publicación13 de Septiembre de 2017
Número de documento61789

E.R.S.E.P.T. RESOLUCIÓN N°737-E.R.S.E.P.T., del 12/09/2017.-

VISTO: la Ley Provincial N° 8479, las Resoluciones ERSEPT N° 790/16 y N° 66/17 y N° 10/14, el Expediente ERSEPT N° 7517/390 -E/2017, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Expediente del Visto la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán Sociedad Anónima (EDET SA) solicita el inicio del proceso de revisión del Valor Agregado de Distribución (VAD) para su aplicación en tarifas según lo establecido en la Resolución ERSEPT N° 790/16.

Que siguiendo en todos sus términos la Metodología para la Redeterminación del Valor Agregado de Distribución de EDET SA contenida en el Anexo II de la Resolución ERSEPT N° 790/16 con sus Sub-anexos N° 1 (Producido Físico de Referencia) y N° 2 (Matriz de Costos), se han verificado por parte de este Organismo los Factores de Redeterminación de Precios previstos en la normativa vigente, observándose que el Índice Representativo de los Costos Directos de la Prestación (IRCP) de Julio de 2017 comparado con la última referencia (Noviembre 2016) registra una variación del 16,74%.

Que las variaciones registradas en este índice, al superar el límite establecido por la norma (3% en valor absoluto), impulsa el proceso de revisión del VAD de la Distribuidora, por lo que se debe analizar el comportamiento de la Matriz de Costos (Costos Directos y Costos Indirectos).

Que cabe destacar que el Anexo II de la Resolución ERSEPT N°790/16 establece que “de manera excepcional, se establece que la primera revisión extraordinaria del VAD correspondiente al periodo tarifario 01 Noviembre 2016 – 04 de Agosto de 2020 se realizará en el mes de Noviembre de 2017, tomando como meses de referencia para el ajuste: Noviembre 2016 (mes i) y Julio de 2017 (mes j) para la determinación del Valor del VAD y del Cuadro Tarifario a partir del 1° de Noviembre de 2017”.

Que por lo indicado en los párrafos precedentes y al haberse verificado la superación de los límites impuestos por ley, debe habilitarse la revisión de la actualización del Valor Agregado de Distribución (VAD) de EDET SA por variación de los precios en la economía para su aplicación en el mes de Noviembre de 2017, por lo que para que el Organismos pueda analizar la revisión mencionada resulta necesario convocar a los usuarios del servicio y a los diferentes estamentos de la comunidad a participar conforme al procedimiento...

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