RESOLUCIONES 607 / 2015 RESOLUCION Nº 607 de 29 de Septiembre de 2014

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2014
Número de Boletín28575
Fecha de Publicación20 de Agosto de 2015
Número de documento47993

REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS. RESOLUCION N° 607, del 29/09/2014. --- Artículo 1°.- Notifíquese para su estricta aplicación, la Resolución N° 1468/2010. Artículo 2°.- Apruébese el Protocolo de Entrega de D.N.I., que se establece en el Anexo I, como parte de la presente Resolución, e impleméntese su aplicación y uso. Artículo 3°.- Apruébase el Formulario Único de Entrega de D.N.I. detallado en el Anexo II, como parte integrante de la presente Resolución, e impleméntese su aplicación y uso. Artículo 4°.- CIRCULARICESE y hágase saber.- Artículo 5°.- DÉJASE sin efecto toda disposición que se oponga a la presente Resolución. Artículo 6°.- PROTOCOLÍCESE, publicítese por los medios necesarios y suficientes a tal fin. Oportunamente archívese.- Dra. MARÍA CAROLINA BIDEGORRY, DIRECTORA GENERAL.

ANEXO I

Procedimiento de Registro de la entrega en Oficinas Seccionales de los Documentos Nacionales de Identidad, Aprobados por Resolución RNP N° 1800/2009.

  1. -) Documentos a retirar en Oficinas Seccionales o Delegaciones:

    Los Documentos Nacionales de Identidad –cuyo modelo y características fueron aprobados por la Resolución RNP N° 1800/2009- que no hayan podido ser entregados en los domicilios de sus titulares serán reenviados por el Correo a las Oficinas Seccionales de origen, donde deberán mantenerlos en guarda hasta el momento en que el titular se haga presente en la misma para concretar la entrega.-

  2. -) Procedimiento de Entrega en Oficinas Seccionales o Delegaciones:

    Cada Oficina Seccional o Delegación que hubiere recibido del Correo aquellos DNI. que no hubieren sido posible ser entregarlos, deberá mantenerlos en guarda por el periodo de un año, conservando los sobres que contienen los DNI en perfecto estado, sin abrir los mismos. Dichos sobres serán abiertos únicamente en presencia del titular al momento de ser entregados a fin de cotejar la identidad, previa presentación de la constancia de solicitud de trámite.-

    1. Situaciones Especiales:

    2. 1.- Menores de Edad: El DNI se entregará indefectiblemente a su titular, contra presentación de la constancia de solicitud de trámite. En caso que el titular del mismo sea menor de edad, deberá estar acompañado de madre, padre o representante legal que así lo acredite. El padre o madre podrá retirar el D.N.I. sin la presencia del menor, acreditando el vínculo mediante presentación de acta de nacimiento y presentación de constancia de solicitud de trámite. El representante...

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